DECRETO 1/2004, de 13 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Pasaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de obras de urbanización de las calles Azkuene, Ulia y Errenderi'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 1/2004, de 13 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Pasaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de obras de urbanización de las calles Azkuene, Ulia y Errenderi".

El Ayuntamiento de Pasaia, en sesión de fecha 26 de septiembre de 2003, acordó iniciar el expediente de expropiación forzosa y sometió inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de obras de urbanización de las calles Azkuene, Ulia y Errenderi". En la misma sesión se acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado ningun escrito de alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Las Normas Subsidiarias de Pasia delimitan dentro del Área Urbana 2.08.04 la Unidad de Ejecución Zona Deportiva Azkuene, a desarrollar por expropiación, declarándose en situación de fuera de ordenación los edificios situados en dicho ámbito. Para su desarrollo el Ayuntamiento suscribió un convenio de fijación de justiprecio con los propietarios de los locales a derribar a consecuencia de las obras de urbanización, sin embargo, los propietarios de un local de 28¿35 m2 renunciaron al convenio y reclamaron una compensación económica. En este sentido y ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo el Ayuntamiento procedió a incoar el expediente de expropiación correspondiente.

Las obras de urbanización de la Unidad de Ejecución se encuentran ejecutadas prácticamente en su totalidad, a excepción de las que recaen en el ámbito objeto de expropiación. Por otro lado, para la financiación de las obras se dispone de una subvención concedida por el Departamento de Industria, Comercio y Turismo de Gobierno Vasco, incluida dentro...

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