DECRETO 185/2005, de 19 de julio, sobre autorización de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación de capital de la sociedad pública Itelazpi, S.A. y de modificación de Estatutos.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 185/2005, de 19 de julio, sobre autorización de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación de capital de la sociedad pública Itelazpi, S.A. y de modificación de Estatutos.

La sociedad pública Itelazpi, S.A. fue constituida mediante Decreto 215/2003, de 23 de septiembre, con el objetivo de gestionar, implantar, explotar y mantener los sistemas e infraestructuras de telecomunicaciones, de prestar servicios de transporte y difusión de señales de radio y televisión, radiocomunicación, videocomunicación, transmisión y conmutación de señales y cualquier otro servicio de telecomunicación. Asimismo, son actividades propias de la sociedad la realización de estudios y prestación de servicios de asesoramiento y planificación en materia de espectro radioeléctrico y la participación en el capital de empresas relacionadas con su ámbito de actuación.

Para dar cumplimiento al citado objeto social y financiar las inversiones previstas por la sociedad en el ejercicio 2005, el Consejo de Administración de Itelazpi, S.A., en su reunión de 15 de marzo de 2005, acordó proponer a la Junta General de Accionistas, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Decreto 215/2003, de 23 de septiembre, sobre autorización a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la creación y adquisición de participaciones en la Sociedad Anónima Pública Itelazpi, S.A., una ampliación de capital social por un importe de un millón doscientos mil (1.200.000) euros.

El artículo 44.1 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que la creación de Sociedades de cualquier clase, así como la adquisición de participaciones en las mismas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, será autorizada por Decreto del Gobierno a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la empresa vaya a depender administrativamente, pudiendo acordar la aportación de efectivo y bienes de dominio privado, cualquiera que sea su valor.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 19 de julio de 2005,

DISPONGO:

Artículo 1

– Autorizar a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR