DECRETO 210/1983, de 3 de Octubre, sobre medidas económicas para paliar los daños causados por las recientes Iluvias en el sector del Transporte Marítimo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 210/1983, de 3 de Octubre, sobre medidas económicas para paliar los daños causados por las recientes Iluvias en el sector del Transporte Marítimo.

Como consecuencia de las recientes Iluvias, algunas empresas relacionadas con el sector del Transporte Marítimo han resultado afectadas, dando origen a una situación de necesidad, que exige la adopción por parte del Gobierno de la Comunidad Autónoma del País

Vasco, de un conjunto de medidas económicas para la pronta resolución de dicha situación.

En su virtud, y a propuesta del Consejero de Política Territorial y

Transportes, con aprobación de la Comisión Económica e informe de la

Junta Coordinadora Central y previa deliberación del Consejo de

Gobierno en su reunión de 3 de Octubre de 1983,

DISPONGO: Artículo l.-El presente Decreto tiene por objeto establecer y articular las medidas necesarias para paliar los daños sufridos en el Sector del Transporte Marítimo, como consecuencia de las recientes lluvias habidas en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Dichas ayudas afectarán a los siguientes subsectores: - Embarcaciones de carga. - Remolcadores. -Tráfico interior de pasajeros. - Empresas estibadoras, consignatarias, navieras, agentes de aduanas y transitarias.

Artículo 2 Medidas económicas
  1. Subvención del 25 % de los intereses a pagar en razón de la línea de Crédito establecida en el articulo 8 ° del Real Decreto-Ley 5/1983, de 1 de Setiembre, para los Sectores de Comercio, Hostelería y otros Servicios entre el Banco Oficial y las Cajas de Ahorros de la

Comunidad Autónoma del País Vasco (7 % de interés y 6 años de plazo con dos de carencia) destinados a financiar la diferencia entre el daño peritado y las cantidades percibidas en concepto de indemnización del seguro y subvenciones a fondo perdido. El tipo de interés resultante para el damnificado será del...

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