ORDEN de 16 de marzo de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan los Premios al Comercio Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorIndustria, Innovación, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

Mediante Orden del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, de 13 de septiembre de 2010, se regularon los Premios al Comercio Vasco (BOPV n.º 191, de 4 de octubre de 2010).

El reconocimiento social e institucional de la labor que desempeña el comercio es el principal objetivo de la mencionada Orden. El agradecimiento al comercio como sector, así como su contribución económica, social y de equilibrio territorial, se ve simbolizado por el reconocimiento a cuatro personas físicas y/o jurídicas relevantes en el ámbito del comercio, que destaquen entre otras virtudes por su trayectoria, por su capacidad de innovar, así como por su visión de trabajo conjunto con otras empresas para alcanzar sinergias que contribuyan a su mejora competitiva y la dinamización del entorno en el que se hallan ubicadas.

La Orden de referencia establece que las Cámaras de Comercio actuarán como entidades colaboradoras del Departamento, siendo, por tanto, responsables de efectuar la difusión de las convocatorias entre los comercios de su ámbito de actuación, analizar las solicitudes presentadas y realizar su exposición ante los miembros del Jurado, así como emprender las acciones que entiendan oportunas para la correcta gestión de los premios.

A la vista de la experiencia adquirida en ediciones anteriores, se estima conveniente asignar la consideración de entidades colaboradoras a otras organizaciones vinculadas al comercio, como son las Plataformas de Comercio Urbano de las tres capitales vascas y las Patronales de Comercio de ámbito autonómico, con la finalidad de obtener una mayor difusión de la convocatoria de los premios entre los comercios de la CAPV, y, en consecuencia, una mayor participación.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto regular la convocatoria para la concesión de los Premios al Comercio Vasco, como reconocimiento a la trayectoria profesional y su contribución a la innovación y la calidad, con lo que se pretende reafirmar la valorización social y sectorial del comercio y reconocer a aquellas Instituciones y personas, físicas o jurídicas, que se hayan distinguido por su labor a favor del desarrollo de la actividad comercial en el País Vasco.

Artículo 2 Características de los premios.

Los premios regulados por esta Orden serán cuatro, y cada uno se corresponderá con una de las siguientes categorías o ámbitos de actuación:

- Cooperación Empresarial.

- Innovación Comercial.

- Trayectoria profesional.

- Dinamización de entornos comerciales urbanos.

En cada uno de los ámbitos citados, se establecerá una mención o reconocimiento público del que las personas o entidades galardonadas podrán hacer mención expresa en los impresos de carácter profesional, así como exponerla públicamente en su establecimiento.

Artículo 3 Personas y Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de los premios convocados por la presente Orden aquellas personas, físicas o jurídicas, titulares de una empresa comercial que lleve a cabo una actividad económica con ánimo de lucro, desarrollada en la Comunidad Autónoma del País Vasco. En la categoría de Dinamización de entornos comerciales urbanos se...

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