ORDEN de 4 de febrero de 1998, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en este Departamento.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyOrden

ORDEN de 4 de febrero de 1998, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en este Departamento.

Estando vacante el puesto de Secretaria de Alto Cargo, código 001001, en la Dirección de Renovación Pedagógica, conforme a lo dispuesto en el Articulo 46.2 c) de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, y previo informe favorable de la Dirección de Función Pública, este Departamento acuerda anunciar la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente Orden, con arreglo a las siguientes,

BASES

Primera.¿ El puesto de trabajo que se convoca a través de la presente Orden podrá ser solicitado por los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos exigidos para el desempeño del mismo establecidos en el anexo a la presente Orden.

Segunda.¿ Los interesados dirigirán sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales y destino actual, a la Dirección de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Universidades e Investigación dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercera.¿ Los aspirantes deberán acompañar a su escrito un curriculum vitae en el que harán constar:

  1. Títulos académicos.

  2. Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como, en su caso, en la empresa privada.

  3. Estudios y cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno manifestar.

A la citada solicitud deberán los aspirantes adjuntar, además, la documentación justificativa de los requisitos exigidos y de los méritos alegados. Así mismo, podrán acompañar, en todo caso, cuantas publicaciones, informes o cualesquiera otros documentos estimen oportunos.

Cuarta.¿ La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Universidades e Investigación, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos...

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