ORDEN de 6 de abril de 2017, de los Consejeros de Hacienda y Economía y de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, de constitución de la Mesa de Contratación del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Hacienda y EconomÍA
Rango de LeyOrden

Tras la entrada en vigor del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, es necesario conformar la mesa de contratación adscrita al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8.3, párrafo segundo, del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuya disposición adicional séptima establece un plazo de 6 meses a partir de la entrada en vigor de dicho decreto, para que las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi que tengan la consideración de administraciones públicas procedan a adecuar la estructura de las mesas de contratación a las previsiones del citado artículo 8.

En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de Contratación Pública,

Artículo 1

– Los órganos de contratación del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una mesa de contratación, que ejercerá las funciones del artículo 9 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y deberá conformarse con los siguientes miembros:

  1. Presidencia: la Responsable del Área de Gestión Económica y Presupuestaria, así como un/a asesor/a jurídico/a, ambos/as de la Dirección de Servicios, ejercerán indistintamente las funciones de Presidente/a de la Mesa de Contratación y se suplirán entre sí para los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa.

  2. Un/a vocal designado por el órgano de contratación al que prestará asesoramiento técnico.

  3. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR