ORDEN de 5 de mayo de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se deroga la Orden de 16 de marzo de 1999, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se aprueba la reglamentacion especifica de la raza bovina Betizu.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

Desde hace algunos años se está en un proceso de recuperación y armonización de la raza betizua, impulsado por los Gobiernos de Navarra y País Vasco y por las asociaciones reconocidas en cada una de las provincias en las que se asienta. En la actualidad existen varios libros genealógicos reconocidos y varios planes de recuperación. Se hace necesario establecer un estándar morfológico y funcional que permita una homogeneidad de la raza en todas las comunidades en que la que está ubicada. Así mismo resulta imprescindible para la recuperación de la raza establecer unos planes de selección y recuperación global basados en el estándar racial, en la creación del libro genealógico único de la raza y posteriormente la aprobación de un único plan de conservación de la raza que incluya todos los ejemplares existentes.

El Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, señala que la autoridad competente para el reconocimiento de las asociaciones de criadores de animales de razas ganaderas para la creación o la gestión de los libros genealógicos es la comunidad autónoma en que radique el mayor censo de animales.

La raza betizua se distribuye entre la Comunidad Foral de Navarra y la del País Vasco. Como la Comunidad Foral de Navarra tiene...

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