ORDEN de 30 de abril de 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regulan y convocan, para el ejercicio 2020, las ayudas de apoyo al emprendimiento y a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Turismo, Comercio y Consumo
Rango de LeyOrden

Las líneas estratégicas en las que se orienta la actuación en el área de turismo del departamento desarrolladas en el Plan Estratégico del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo 2017-2020, y que han inspirado la elaboración de la Estrategia de Turismo Vasco 2030 y su Plan Director 2017-2020 son los siguientes:

  1. – Desarrollar una oferta turística excepcional.

  2. – Captar y fidelizar turistas.

  3. – Generar valor para la comunidad local.

  4. – Impulsar las prácticas de turismo sostenible.

  5. – Favorecer las condiciones de formación y competitividad.

  6. – Mejorar el modelo de gestión turística del territorio.

  7. – Promover un nuevo modelo de gestión y gobernanza.

    La meta «un crecimiento turístico sólido, con más y mejor empleo» entronca con la visión del área de turismo del departamento para dicho período:

    Promover el desarrollo de un destino de excelencia y especialización, que aporte un alto valor a las y los turistas y prosperidad sostenible a la sociedad vasca, al empresariado, a los y las colaboradoras y al medio ambiente

    .

    Así como con la visión de la industria turística vasca 2030:

    Crecer de un modo sostenible para consolidarse como un destino de excelencia y especializado, que sea referente en Europa

    .

    Un turismo sostenible asentado en cuatro pilares interrelacionados necesarios para mejorar la experiencia turística de las personas que nos visitan, así como la percepción del turismo por parte de la sociedad: sostenibilidad económica, comunidad local, entorno natural y cultural, y las personas viajeras. Un destino especializado, enfocado en lo que sabe hacer bien y que lo distingue de los demás destinos. Y, por último, un destino de excelencia caracterizado por atraer un mix de segmentos turísticos donde predominan los de alto valor añadido: mayor gasto por día, estancia más larga, más exigentes y más respetuosos con el entorno.

    Para alcanzar la visión, Euskadi deberá lograr los siguientes resultados:

    – Mejor crecimiento (mayor gasto y estancia, mayor diversificación y mayor descentralización).

    – Más productividad (menores costos operativos y menor estacionalidad).

    – Un turismo sostenible.

    Las actuaciones subvencionadas en el presente programa se circunscriben a las siguientes líneas estratégicas anteriormente enunciadas:

    Línea 3: generar valor para la comunidad local: el efecto directo del turismo debe ayudar a la generación de bienestar en la sociedad vasca y al mantenimiento de su cultura, de modo que en el modelo de desarrollo de las empresas turísticas deberá tenerse en cuenta dicho impacto, generando sinergias con otros sectores y, en especial, con el comercio, la artesanía o con aquellos elementos singulares que nos permitan diferenciarnos de otros destinos turísticos, de modo que se creen nuevas oportunidades empresariales atractivas, sostenibles, rentables y que generen puestos de calidad para la población local. De igual modo, es necesario crear nuevos negocios innovadores capaces de explotar los nuevos tipos de turismo identificados en el Plan de Marketing del Turismo Vasco 2017-2020, y, en especial, aquellos que generen nuevos productos y servicios fuera de temporada y creen puestos de trabajo de calidad.

    Línea 4: impulsar las prácticas de turismo sostenible: las empresas turísticas deben hacer esfuerzos hacia la responsabilidad social y medioambiental, para asegurar que el crecimiento del turismo sea compatible con la preservación de la calidad de vida de sus habitantes y la capacidad de continuar generando riqueza. En el ámbito de la sostenibilidad ambiental, la industria turística vasca deberá esforzarse en reducir la huella ecológica.

    Con el fin de que todos los agentes turísticos de Euskadi integren la responsabilidad y sostenibilidad en la práctica diaria de su actividad, el departamento ha elaborado el «Código Ético de Turismo de Euskadi», que es una adaptación del Código Ético Mundial del Turismo a las características propias de Euskadi y constituye una herramienta vital para el desarrollo de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030. Dicho instrumento, cuya implementación se quiere impulsar también desde el presente programa de ayudas, ayudará al desarrollo de un modelo de crecimiento que genere valor no solo a los turísticas, sino también al entorno natural, cultural, a la ciudadanía y a las empresas vascas (http://www.basquetour.eus/codigo_etico_turismo.htm)

    Línea 5: favorecer las condiciones de formación y competitividad del sector: la industria turística vasca requiere de capital humano formado, buenas condiciones para el ejercicio de su actividad, buenas infraestructuras, así como adoptar la innovación, la tecnología y los procesos creativos en su modelo de negocio para mantener su competitividad.

    Por otra parte, y en consonancia con los objetivos estratégicos del Plan Departamental de Igualdad de mujeres y hombres 2018-2021, desde este programa de ayudas se pretende favorecer el incremento de la tasa de actividad y ocupación en la actividad turística de las mujeres en aquellos ámbitos en los que se ha detectado la llamada brecha de género, al objeto de propiciar su eliminación.

    Teniendo en cuenta lo anterior, el objetivo general del presente programa de ayudas es impulsar el emprendimiento y mejorar la competitividad de las empresas de la industria turística actual de forma sostenible, y los objetivos específicos son los siguientes:

  8. – Aumentar el número de negocios innovadores en el mercado en segmentos de gran potencial que incidan en el bienestar y prosperidad local y en el uso respetuoso del patrimonio natural y cultural de Euskadi.

  9. – Aumentar el número de empresas que utilizan tecnologías de la Información y la comunicación (TIC) y otras soluciones tecnológicas que mejoren la interacción de las empresas con sus clientes y la eficiencia de los negocios turísticos.

  10. – Aumentar el número de empresas que adecúan su oferta hacia un turismo sostenible medioambientalmente y accesible.

  11. – Aumentar el número de empresas que mejoran la calidad de los servicios que ofrecen.

    Desde un punto de vista procedimental y para facilitar los trámites administrativos, con la presente Orden se opta por la tramitación electrónica de los expedientes. Desde la experiencia de gestión con las empresas beneficiarias de los programas que han precedido al presente, se ha constatado que este procedimiento supone un avance en línea con la pretendida ganancia de competitividad de las empresas sin que ello pueda suponer discriminación ni menoscabo alguno.

    El presente programa de ayudas cuenta con la existencia de crédito presupuestario suficiente previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020, y se encuentra recogido en la Orden de 3 de febrero del 2020 de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo por la que se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo para 2020.

    La crisis provocada por la propagación de la COVID-19 ha irrumpido de forma sobrevenida durante la tramitación del presente programa de ayudas. En este contexto, a la necesidad de continuar con el procedimiento iniciado para apoyar al sector turístico vasco, se suma la obligación de alinearlo con la estrategia del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo para dar una respuesta a dicha crisis compartida con los distintos agentes del sector.

    Para paliar los efectos de la COVID-19 en el sector, este programa se enmarca en una fase posterior al actual confinamiento y busca el estímulo de la reactivación económica y el relanzamiento de la actividad, se plantea como complemento al resto de ayudas urgentes dirigidas a mitigar las consecuencias inmediatas de la extensión de la pandemia y forma parte de la estrategia de dos tiempos diseñada por el Departamento.

    En su virtud, y en el ejercicio de las competencias que confiere al Departamento de Turismo, Comercio y Consumo el artículo 5.2 de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo, el artículo 13.1.a) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, el artículo 26 de Ley 7/1981, 30 de junio, sobre Ley de Gobierno y el artículo 51.2 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre,

Artículo 1 – Objeto.

El objeto de la presente Orden es establecer las bases para apoyar la creación de nuevos negocios turísticos en el País Vasco que favorezcan el desarrollo local; así como a las actuaciones dirigidas a impulsar la mejora de la competitividad de las empresas turísticas vascas, mediante el apoyo a la innovación tecnológica, a la mejora y optimización de su oferta turística, y/o a su adecuación hacia un turismo sostenible...

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