ORDEN de 30 de abril de 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regulan y convocan, para el ejercicio 2020, las ayudas de apoyo a proyectos territoriales turísticos.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Turismo, Comercio y Consumo
Rango de LeyOrden

Las líneas estratégicas en las que se orienta la actuación en el área de turismo del departamento desarrolladas en el Plan Estratégico del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo 2017-2020, y que han inspirado la elaboración de la Estrategia de Turismo Vasco 2030 y su Plan Director 2017-2020 son los siguientes:

  1. – Desarrollar una oferta turística excepcional.

  2. – Captar y fidelizar turistas.

  3. – Generar valor para la comunidad local.

  4. – Impulsar las prácticas de turismo sostenible.

  5. – Favorecer las condiciones de formación y competitividad.

  6. – Mejorar el modelo de gestión turística del territorio.

  7. – Promover un nuevo modelo de gestión y gobernanza.

    La meta «un crecimiento turístico sólido, con más y mejor empleo» entronca con la visión del área de turismo del departamento para dicho período:

    Promover el desarrollo de un destino de excelencia y especialización, que aporte un alto valor a los y las turistas y prosperidad sostenible a la sociedad vasca, al empresariado, a las y los colaboradores y al medio ambiente

    .

    Así como con la visión de la industria turística vasca 2030:

    Crecer de un modo sostenible para consolidarse como un destino de excelencia y especializado, que sea referente en Europa

    .

    Un turismo sostenible asentado en cuatro pilares interrelacionados necesarios para mejorar la experiencia turística de las personas visitantes, así como la percepción del turismo por parte de la sociedad: sostenibilidad económica, comunidad local, entorno natural y cultural, y las personas viajeras. Un destino especializado, enfocado en lo que sabe hacer bien y que lo distingue de los demás destinos. Y, por último, un destino de excelencia caracterizado por atraer un mix de segmentos turísticos donde predominan los de alto valor añadido: mayor gasto por día, estancia más larga, más exigentes y más respetuosos con el entorno.

    Para alcanzar la visión, Euskadi deberá logar los siguientes resultados:

    – Mejor crecimiento (mayor gasto y estancia, mayor diversificación y mayor descentralización).

    – Más productividad (menores costos operativos y menor estacionalidad).

    – Un turismo sostenible.

    Las actuaciones subvencionadas en el presente programa se circunscriben a las siguientes líneas estratégicas anteriormente enunciadas:

    Línea 1: desarrollar una experiencia turística excepcional. Euskadi debe promover el desarrollo de productos y experiencias capaces de atraer la demanda y actuar como refuerzo motivador. El turismo mundial tiende a viajar cada vez más en busca de experiencias, hecho que constituye una motivación sobre la que construir una ventaja competitiva. Una buena oferta de experiencias y productos turísticos singulares basados en su patrimonio natural, histórico y cultural, ayudará a incrementar el gasto promedio por persona que nos visita, desestacionalizar la demanda y redistribuir los flujos turísticos por el territorio.

    Línea 2: captar y fidelizar turistas. Para conseguir los objetivos estratégicos, Euskadi deberá dirigirse aquellos segmentos de la demanda identificados en el Plan de Marketing de Euskadi 2017-2020 como prioritarios; segmentos clasificados por tipo de producto ( enogastronómico, escapadas, itinerarios, turismo de interés especial, descanso en la costa, reuniones, naturaleza, cultura, turismo religioso y turismo deportivo), adaptados a la tipología de cliente, a la motivación del viaje ( enogastronomía, itinerarios, city breaks, cultura-eventos, naturaleza-aventura, sol y playa y turismo rural) y a los mercados considerados como prioritarios en el citado plan, tanto en el mercado internacional (Alemania, Francia, Reino Unido, Italia, EEUU, Países Nórdicos, Países Bajos) como nacional (Madrid, Cataluña, Euskadi, Andalucía, Castilla y León, C. Valenciana).

    Línea 4: Impulsar las prácticas de turismo sostenible. En el ámbito de la sostenibilidad, Euskadi deberá promover un turismo más responsable entre las personas visitantes y las empresas, en definitiva, un turismo que mejore la sostenibilidad, tanto social, económica, cultural como ambiental.

    La puesta en marcha, entre otras acciones, del compromiso con el Código Ético del Turismo de Euskadi, que tal y como subraya la Organización Mundial Turismo (OMT) es una herramienta vital para el desarrollo de la Agenda del Desarrollo 2030, ayudará al desarrollo de un modelo de crecimiento que genere valor no solo a los turísticas, sino también al entorno natural, cultural, a la ciudadanía y a las empresas.

    El Código Ético del Turismo de Euskadi fue proclamado por la Consejera del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo en un acto público el 2 de diciembre del 2019.

    Línea 6: mejorar la gestión turística del territorio. Es necesario ir avanzando hacia un modelo de gestión turística en el que se respete el equilibrio territorial, procurando descongestionar los destinos de mayor concentración, desestacionalizar la oferta y potenciar el flujo turísticos hacia otros destinos alejados de aquellos con potencial turístico, todo ello desde la colaboración y coordinación de la iniciativa pública y privada en el ámbito de cada comarca y entre ellas.

    Teniendo en cuenta lo anterior, y con los artículos 4 y 5 de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo, el presente programa de ayudas se ha diseñado con el objetivo prioritario de desarrollar una política turística diversificada, de calidad, sostenible y atractiva para la demanda turística de la Comunidad Autónoma de Euskadi y con los objetivos específicos son los siguientes:

  8. – Aumentar el número de productos y experiencias turísticas.

  9. – Aumentar el número de empresas que participan en las acciones de mejora de competitividad impulsados y gestionados por Basquetour dirigidos a lograr un turismo sostenible y responsable.

    El presente programa de ayudas cuenta con la existencia de crédito presupuestario suficiente previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020, y se encuentra recogido en la Orden de 3 de febrero del 2020 de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo por la que se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo para 2020.

    La crisis provocada por la propagación de la Covid-19 ha irrumpido de forma sobrevenida durante la tramitación del presente programa de ayudas. En este contexto, a la necesidad de continuar con el procedimiento iniciado para apoyar al sector turístico vasco, se suma la obligación de alinearlo con la estrategia del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo para dar una respuesta a dicha crisis compartida con los distintos agentes del sector.

    Para paliar los efectos de la Covid-19 en el sector, este programa se enmarca en una fase posterior al actual confinamiento y busca el estímulo de la reactivación económica y el relanzamiento de la actividad, se plantea como complemento al resto de ayudas urgentes dirigidas a mitigar las consecuencias inmediatas de la extensión de la pandemia y forma parte de la estrategia de dos tiempos diseñada por el Departamento.

    En su virtud, y en el ejercicio de las competencias que confiere al Departamento de Turismo, Comercio y Consumo el artículo 5.2 de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo, el artículo 13.1.a) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, el artículo 26 de Ley 7/1981, 30 de junio, sobre Ley de Gobierno y el artículo 51.2 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre,

Artículo 1 – Objeto.

El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras del programa de apoyo a proyectos territoriales turísticos que mejoren el atractivo y calidad de los destinos de Euskadi, dinamizando, distribuyendo y generando nuevos flujos turísticos, para el ejercicio 2020, que tengan cabida en las siguientes líneas de ayuda:

– Proyectos territoriales turísticos que mejoren el atractivo de los destinos y la experiencia turística en Euskadi.

– Proyectos que mejoren la competitividad y sostenibilidad de los destinos.

Artículo 2 – Términos y definiciones.

A efectos de la presente Orden se establecen las siguientes definiciones:

  1. – Producto turístico: se entienden como productos todos aquellos recursos o servicios principales y/o complementarios, estructurados para el uso y disfrute turístico, en el que se puedan realizar una o varias actividades por parte de las personas usuarias.

  2. – Entes de cooperación turística comarcales (en adelante entes de cooperación turística): son entidades que integran en su constitución y/o gestión a las entidades públicas y privadas vinculadas al sector turístico de su ámbito de actuación y constituyen elementos clave para el desarrollo turístico del destino.

    El objetivo de estos agentes es el de asumir de...

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