ORDEN de 29 de diciembre de 2020, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, que regula el funcionamiento de los Almacenes Centralizados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Gobernanza PÚBlica y Autogobierno
Rango de LeyOrden

Transcurridos más de veintitrés años desde la aprobación de la Orden de 7 de febrero 1997, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el funcionamiento de los Almacenes Centralizados, nos encontramos en el momento de adecuar esta norma a la situación actual.

Uno de los motivos para ello es cumplir con lo regulado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común asi como por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público que establece la obligatoriedad de gestionar electrónicamente los procedimientos de la Administración. Para poder llevar a cabo la gestión electrónica de los correspondientes a los almacenes centralizados se ha desarrollado una nueva aplicación informática que permitirá controlar y gestionar de un modo integral el depósito y la disposición de los bienes almacenados, garantizando así la trazabilidad de los mismos y la responsabilidad de los movimientos.

Por otro lado, se ha llevado a cabo un proceso de revisión y reorganización del contenido de los almacenes centralizados. Este hecho, junto con los cambios observados en las formas de proceder de los Departamentos y Organismos Autónomos respecto al uso que se hace de estos almacenes hacen necesario una nueva redacción de la normativa reguladora.

Entre las novedades introducidas destaca la limitación de almacenamiento a las publicaciones de libros y revistas editadas únicamente por el Servicio Central de Publicaciones.

El Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, atribuye en su artículo 21.f) a la Dirección de Recursos Generales la gestión de los almacenes centralizados que atiendan las necesidades de los Departamentos, así como la definición de su alcance.

Por todo ello, en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 26.4 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Ley de Gobierno, y la Disposición Final Primera del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno

Artículo 1 – Objeto.

La presente Orden tiene por objeto regular el funcionamiento de los almacenes centralizados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y...

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