ORDEN de 19 de noviembre de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se inicia el procedimiento de adjudicación en régimen de arrendamiento, de 101 viviendas de protección oficial, en Leioandi, en el municipio de Leioa.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, PlanificaciÓN Territorial y Vivienda
Rango de LeyOrden

Primero.– El procedimiento de adjudicación de las mencionadas viviendas se regirá por lo previsto en la Orden de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los procedimientos de adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y alojamientos dotacionales de régimen autonómico, tal y como se recoge en el artículo 12 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo.

Segundo.– El 12 de enero de 2009 el Consejero del Departamento de Vivienda y Servicios Sociales del Gobierno Vasco y el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leioa firman un convenio para regular «La promoción de vivienda protegida en el sector Leioandi». En la cláusula sexta del «Exponen» quinto se define el régimen jurídico y económico de esta promoción y, además, se declara único municipio interesado en la misma a Leioa. Por otra parte, en esta cláusula se dicta que para poder participar en el proceso de adjudicación se deberá de acreditar un mínimo de tres años de antigüedad en el padrón del Ayuntamiento de Leioa.

Tercero.– Mediante resolución del Delegado Territorial de Vivienda de Bizkaia de fecha 24 de agosto de 2015 se otorgó la calificación provisional de viviendas de protección oficial a la promoción de 101 viviendas de protección oficial sita en Leioandi, en el municipio de Leioa, promovida por la Sociedad Pública Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. (Visesa), bajo el número de expediente EB2-0452/15-EC-000.

Cuarto.– Del total de las 101 viviendas de esta promoción, 5 viviendas, de dos dormitorios, con una superficie de entre 74,45 m2 y 90,00 m2, están adaptadas a personas con discapacidad con movilidad reducida de carácter permanente. De las otras 96 viviendas, 29 son de un dormitorio y tienen una superficie de entre 40,97 m2 eta 59,11 m2, 63 viviendas son de dos dormitorios y tienen superficies comprendidas entre 52,60 m2 y 68,87 m2, y 4 viviendas son de tres dormitorios y tienen una superficie de 90,00 m2. El régimen de cesión es el de arrendamiento.

Primero.– El Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda es competente para dictar la presente Orden, en virtud de lo establecido en el artículo 12 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, en relación con el artículo 48 de la Orden de 15 de octubre de 2012 del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los procedimientos para la...

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