ORDEN de 15 de marzo de 2021, del Consejero de Economía y Hacienda y de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Igualdad, Justicia y PolÍTicas Sociales
Rango de LeyOrden

El Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en su artículo 6 que en la Administración General serán órganos de contratación los titulares de los respectivos Departamentos que la integran, y en los Organismos Autónomos y demás entidades diferentes de la Administración General los órganos que ostenten su máxima representación, salvo previsión específica al respecto en los correspondientes Decretos de estructura orgánica y funcional, o en las normas de creación o reguladoras del funcionamiento de esas entidades.

Asimismo, el primer apartado del artículo 8 del decreto antes citado señala que, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, los órganos de contratación estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas, siendo potestativa la constitución de dicha Mesa para el órgano de contratación en los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación.

Por su parte, el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 8 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, determina que, si la designación de los miembros de la Mesa de contratación se hiciera con carácter permanente, su composición se establecerá por Orden conjunta del o de la titular del departamento competente en materia de Contratación y del o de la titular del departamento correspondiente o al que se encuentre adscrita la entidad, y se publicará en el en el Boletín Oficial del País Vasco.

El Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, ha venido a modificar la estructura departamental de la Administración antes citada, dentro de la cual se contempla el Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, con las funciones y áreas de actuación determinadas en el artículo 13 del decreto mencionado.

La Disposición Adicional Sexta del mencionado Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, determina que el citado Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales estará integrado por los...

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