DECRETO 171/2005, de 12 de julio, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de un tercer carril en la autopista A-8 entre el nudo de Basauri y la estación de peaje de Iurreta. Tramo: Montorra-Iurreta.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 171/2005, de 12 de julio, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de un tercer carril en la autopista A-8 entre el nudo de Basauri y la estación de peaje de Iurreta. Tramo: Montorra-Iurreta.

Por Orden Foral del Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia de 10 de marzo de 2005, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de un tercer carril en la autopista A-8 entre el nudo de Basauri y la estación de peaje de Iurreta. Tramo: Montorra-Iurreta. En la misma sesión se acordó solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado un escrito de alegaciones, que fue resuelto según consta en el expediente administrativo.

Los servicios técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

El proyecto, incluido en el Plan Territorial Sectorial de Carreteras de Bizkaia, tiene por objeto construir un carril adicional en cada una de las calzadas de la autopista, remodelando el actual ramal que procedente de Montorra se incorpora en sentido Donostia-San Sebastián, el área de descanso de Iurreta y sus incorporaciones y construyendo un cuarto carril entre dicha área y el peaje, todo ello a fin de aumentar la capacidad de la autopista y mejorar las conexiones de esta última con las vías colindantes, dado que a la vista de la evolución del tráfico en los últimos años el mantenimiento de la actual situación generaría un inadecuado nivel de servicio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y...

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