ORDEN de 3 de febrero de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Mesa General de negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sobre incrementos retributivos para el año 2010 y 2011 y medidas en relación con el empleo público.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia y Administración Pública
Rango de LeyOrden

Con fecha 18 de noviembre de 2009, en el seno de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, se alcanzó un acuerdo, entre la representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y las centrales sindicales ELA y CC.OO., con la posterior adhesión el 25 de noviembre de 2009 de la central sindical UGT, sobre incrementos retributivos para el año 2010 y 2011 y medidas en relación con el empleo público.

Además de lo referido a la materia retributiva, el citado Acuerdo ha venido presidido por las siguientes premisas y objetivos:

  1. - La necesidad de abrir un proceso de debate y negociación en el marco de la Mesa General en la búsqueda de unos servicios públicos más cercanos a la ciudadanía.

  2. - Articular de forma conjunta medidas en relación con el empleo público, asumiendo compromisos, de mínimos, en cuanto a la consolidación del empleo temporal de carácter estructural y a la estabilización de las plantillas, con la consiguiente reducción de los niveles de interinidad, a través del compromiso de convocatorias de Ofertas Públicas de Empleo durante los años 2010 a 2012.

    Igualmente, la Administración se compromete a no amortizar con carácter general plazas cuyas funciones sean necesarias y que puedan derivar en externalización de servicios, negociándose las situaciones excepcionales con la representación sindical.

  3. - En lo referido a la externalización de los servicios públicos, la Administración adquiere el compromiso de no realizar externalizaciones de nuevas actividades y revisar las actuales, para velar por el cumplimiento de la normativa legal, estableciéndose una serie de requisitos y garantías para las externalizaciones existentes que contribuirán a mejorar las condiciones de trabajo del personal de las empresas contratistas.

    En el Acuerdo mencionado se incluyen igualmente una serie de medidas que conllevan la mejora de las condiciones laborales del personal empleado público de la Administración de la CAE y que se concretan en las siguientes:

  4. - Garantía del contrato de relevo para el personal laboral.

  5. - Aumento de la duración de determinados permisos relacionados con la conciliación de la vida familiar, laboral y personal, produciéndose en la práctica la homogeneización en los distintos sectores, incluyéndose el permiso de seis días por asuntos particulares previsto en el artículo 48.1.k) del Estatuto Básico del Empleado Público.

  6. - Impulsar la elaboración de los planes de igualdad en todos los sectores que potencien la igualdad de trato de mujeres y hombres.

  7. - Medidas contra el acoso laboral y sexual y la violencia de género. Implantación de procedimientos de resolución de conflictos, mediante mediación, para hacer frente a estas situaciones. Inclusión en los planes de formación de acciones formativas dirigidas a la prevención del acoso laboral y sexual. Reconocimiento a las empleadas públicas, víctimas de violencia de género, de determinadas medidas que posibiliten hacer efectiva su protección (reducciones de jornada, reordenación del tiempo de trabajo, traslado de centro de trabajo, excedencias).

  8. - Impulsar programas que favorezcan la utilización real del euskera tanto en relación con la ciudadanía como internamente.

    A los efectos de su validez y eficacia este Acuerdo fue aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 19 de enero de 2010, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la finalidad de favorecer el conocimiento del citado Acuerdo, este Órgano ha resuelto ordenar su publicación.

    En su virtud,

    DISPONGO:

Artículo único La publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, del Acuerdo de la Mesa General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi de 18 de noviembre de 2009, por el que se establecen incrementos retributivos para el año 2010 y 2011 y medidas en relación con el empleo público, cuyo texto figura en los anexos I y II que acompañan a la presente Orden.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de febrero de 2010.

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

IDOIA MENDIA CUEVA.

ANEXO I

ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI SOBRE INCREMENTOS RETRIBUTIVOS PARA EL AÑO 2010 Y 2011 Y MEDIDAS EN RELACIÓN CON EL EMPLEO PÚBLICO.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Organizaciones Sindicales han alcanzado un Acuerdo en la Mesa General de Negociación de la Administración de la CAE, sobre los incrementos retributivos para el año 2010 y 2011 y otras medidas en relación con el empleo público, con la redacción siguiente:

PREÁMBULO

La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Organizaciones Sindicales han abierto un proceso de debate y negociación en el marco de la Mesa General de Negociación de la Administración de la CAE, en la búsqueda de unos servicios públicos más cercanos a la ciudadanía, que redunde en el progreso y la estabilidad económica y social.

Ambas partes también coinciden en la importancia de articular de forma conjunta medidas en relación con el empleo público. Con ellas se pretende mejorar la calidad de éste y de los servicios públicos. Se asumen compromisos que contribuirán a dar mayor estabilidad a la plantilla, con compromisos de consolidación de empleo temporal, y a reducir los niveles de interinidad del personal, con convocatorias de Ofertas de Empleo Público, lo que redundará en una mejora en las condiciones de trabajo del personal empleado público.

Ambas partes manifiestan su preocupación por la externalización de los servicios públicos. Ambas partes coinciden en el valor preferente de la gestión pública de los servicios a los ciudadanos. La Administración asume el compromiso de no realizar externalizaciones de nuevas actividades, y de revisar las actuales, para velar por el cumplimiento de la normativa legal.

En el Acuerdo se incluyen además una serie de medidas que van a mejorar las condiciones laborales del personal empleado público de la Administración de la CAE. Así, se garantiza el contrato de relevo a todo el personal laboral. En relación con los permisos de los empleados públicos, se aumenta la duración de los permisos relacionados con la conciliación de la vida familiar, laboral y personal, produciéndose en la práctica la homogeneización de las condiciones laborales del personal de los distintos ámbitos sectoriales, y se reconoce el permiso de 6 días por asuntos particulares. Para potenciar la igualdad de trato de mujeres y hombres, se va a impulsar la elaboración de Planes de Igualdad en todos los ámbitos sectoriales y la implantación de procedimientos de resolución de conflictos mediante la mediación, para hacer frente a las situaciones de acoso laboral y sexual. En relación con la euskaldunización, se impulsarán programas para favorecer la utilización real tanto en relación con la ciudadanía como internamente.

Ante la elaboración de la futura Ley de la Función Pública Vasca, se ha acordado formar un grupo de trabajo para el establecimiento de principios y acuerdos en las líneas de desarrollo del Estatuto Básico del Empleo Público.

En consecuencia, con estas premisas y objetivos, la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Organizaciones Sindicales adoptan el siguiente

ACUERDO

Primero.- Ámbito de aplicación.

El presente Acuerdo será de aplicación al personal representado en la Mesa General de Negociación de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que se corresponden con los ámbitos sectoriales de negociación que a continuación se relacionan:

- Personal Funcionario de la Administración General.

- Personal Funcionario Docente no Universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

- Personal de la Ertzaintza.

- Personal de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.

- Personal Funcionario de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el marco de la normativa que le es...

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