DECRETO 180/1996, de 16 de julio, por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos necesarios para la explotación de la cantera Apario en la Concesión de Explotación Azurreka nº 12.721.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorIndustria, Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 180/1996, de 16 de julio, por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos necesarios para la explotación de la cantera Apario en la Concesión de Explotación Azurreka nº 12.721.

La concesión de explotación "Azurreka" n.º 12.721 se otorgó por Resolución de fecha 17 de diciembre de 1990, en base a los Proyectos de Explotación y Restauración de las canteras "Apario", de caliza, y "Monte Murguia", de marga.

Con fecha 29 de mayo de 1995 "Cementos Lemona, S.A.", empresa titular de la Concesión de Explotación de referencia, solicitó la ocupación de una serie de terrenos, necesarios para la explotación de la cantera "Apario" al amparo de lo establecido en el artículo 105 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, iniciándose de esta manera el expediente ordinario de expropiación.

Mediante Resolución del Delegado Territorial de Bizkaia del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca de fecha 20 de diciembre de 1995 se declaró la necesidad de ocupación de los terrenos necesarios para la explotación de la cantera "Apario" en la Concesión de Explotación "Azurreka, n.º 12.721", declaración que se sometió a la correspondiente información pública.

La mercantil Cementos Lemona, S.A. ha solicitado del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca la urgente ocupación de los terrenos necesarios para la explotación de la cantera Apario en la concesión de explotación "Azurreka, n.º 12.721", sita en el término municipal de Lemoa (Bizkaia). La solicitud ha sido hecha en base a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1994 y en los artículos 56 y ss. del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

La declaración de urgente ocupación se justifica en base a que la citada explotación constituye la única fuente de piedra caliza para la fábrica de...

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