DECRETO 4/1982, de 18 de Enero, por el que se modifica la designación de los representantes del Gobierno Vasco en la Comisión Mixta del cupo.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorEconomia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 4/1982, de 18 de Enero, por el que se modifica la designación de los representantes del Gobierno Vasco en la Comisión Mixta del cupo.

El artículo 41.2-e) del Estatuto de Autonomía para el País Vasco establece que, para el señalamiento de los cupos correspondientes a cada Territorio Histórico que integran el cupo global al Estado, se constituirá una

Comisión Mixta integrada, de una parte, por un representante de cada

Diputación Foral y otros tantos del Gobierno Vasco, y de otra, por un número igual de representantes de la Administración del Estado. Por su parte, el artículo 49 del Concierto Económico aprobado por la Ley 12/1981, de 13 de Mayo, reitera la indicada composición de la Comisión Mixta de Cupo.

De conformidad con las citadas disposiciones, el presente Decreto tiene por objeto determinara la nueva representación del Gobierno

Vasco de la Comisión Mixta de Cupo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Pleno del Gobierno en su reunión del día 18 de Enero de 1982,

DISPONGO

Artículo primero Los representantes del Gobierno Vasco

A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, serán representantes del Gobierno Vasco en la Comisión Mixta de Cupo, las siguientes personas. - El Excmo. Sr. D. Pedro Luis Uriarte Santamarina, Consejero del

Departamento de Economía y Hacienda. - El Excmo. Sr. D. Josu Elorriaga Zarandona, Diputado del Congreso por el Partido Nacionalista Vasco.

El Ilmo. Sr. D...

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