DECRETO 223/1985, de 16 de Julio, por el que se modifica el Decreto de Estructura Orgánica del Departamento de Política Territorial, Transportes y Turismo de 10 de Julio de 1984.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPolitica Territorial y Transportes
Rango de LeyDecreto

DECRETO 223/1985, de 16 de Julio, por el que se modifica el Decreto de Estructura Orgánica del Departamento de Política Territorial, Transportes y Turismo de 10 de Julio de 1984.

La Ley 14/1983 de 27 de Julio sobre Patrimonio de Euskadi, establece, en su Disposición Adicional 2=, que en el ámbito de las competencias que la Comunidad Autónoma de Euskadi ostenta en materia de promoción pública de la vivienda y del suelo, el Departamento de Política

Territorial y Transportes, además de las suyas propias, ejercita las facultades atribuídas al Departamento de Economía y Hacienda, entre las que se encuentran las relativas a adquisición, gravamen y enajenación, a título oneroso, y para su gestión, administración y cesión de uso.

Al objeto de proceder a la realización de esas operaciones jurídicas, entre las que se encuentran aquéllas dirigidas a la formalización de las mismas, con la mayor agilidad posible, se precisa la atribución de facultades de las que actualmente es titular el Consejero de

Política Territorial y Transportes y referidas a la formalización de aquellas operaciones, al Director de Acción Territorial y Urbanismo del Departamento de Política Territorial y Transportes, atribución que debe efectuarse, según dispone el artículo 42 párrafo 2° de la

Ley 7/1981, de 30 de Junio, sobre «Ley de Gobierno», y habida cuenta de que concurren las circunstancias en él contempladas, a través de la pertinente reforma del Decreto de Estructura Orgánica del

Departamento actualmente vigente de 10 de Julio de 1984.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial y

Transportes, con la aprobación de la Presidencia, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de

Julio de 1985.

DISPONGO: Artículo único.- Corresponde al Director de Acción

Territorial y Urbanismo, en ejecución de aquellas resoluciones del

Consejero de Política Territorial y Transportes que así lo requieran, el otorgamiento de escrituras de oferta de venta, compra-venta, resolución de la compra-venta, en su caso, cancelación de condiciones impuestas en las citadas escrituras y constitución, modificación, posposición y cancelación de hipotecas sobre parcelas enejenadas por la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR