DECRETO 213/1998, de 31 de agosto, por el que se modifica el Decreto por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 213/1998, de 31 de agosto, por el que se modifica el Decreto por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

La estructura y funciones del Departamento de Hacienda y Administración Pública viene establecida por el Decreto 173/1995, de 28 de febrero.

La entrada en vigor de la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad de Euskadi y de la normativa que la desarrolla, del Decreto 178/1996, de 16 de julio, de Sociedades de Garantía Recíproca de Euskadi, así como la efectividad de la transferencia de competencias en materia de mediadores de seguros, requieren la adecuación del citado Decreto, en lo relativo a los órganos competentes en materia de finanzas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa aprobación del Lehendakari y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 31 de agosto de 1998,

DISPONGO:

Artículo primero ¿ Viceconsejería de Hacienda y Finanzas.

Los apartados 3) a 6) del artículo 13.2.b) del Decreto 173/1995, de 28 de febrero, por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Hacienda y Administración Pública quedan redactados de la forma siguiente:

3) Las autorizaciones y revocaciones de autorización para el acceso a actividades de mediación de seguros.

4) La solicitud de anticipos y la concesión, en su caso, de aplazamientos a que se refiere el artículo 25.2 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos.

5) La tramitación y resolución de solicitudes de aplazamiento y de fraccionamiento de deudas atribuidas al Departamento competente en materia de tesorería por el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

6) Las atribuidas al Departamento competente en materia de prestación de garantías por el artículo 41.1 de la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, relativas a formalización, modificación y ratificación de las mismas

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Artículo segundo ¿ Dirección de Finanzas.
  1. ¿ Los apartados b) a f) del artículo 16 del Decreto 173/1995, de 28 de febrero, por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de...

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