DECRETO 197/1985, de 11 de Junio, por el que se aprueba la publicación del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 25 de Marzo de 1985 en materia de protección a la mujer.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia y Justicia; Trabajo, Sanidad y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 197/1985, de 11 de Junio, por el que se aprueba la publicación del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 25 de Marzo de 1985 en materia de protección a la mujer.

En virtud de lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo de la

Comisión Mixta de Transferencias aprobado por Real Decreto 2.339/ 980, de 26 de Septiembre, y a los efectos del cumplimiento de los trámites de formalización en el mismo requeridos, por entender que el

Real Decreto 831/1985, de 8 de Mayo, recoge en sus mismos términos el

Acuerdo del Pleno de la citada Comisión Mixta de 25 de Marzo de 1985, sobre traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del

País Vasco en materia de protección a la mujer, a propuesta de los

Consejeros de Presidencia y Justicia y de Trabajo, Sanidad y

Seguridad Social, previa aprobación de la Presidencia y deliberación y aprobación del Pleno del Gobierno en su reunión del día 11 de Junio de 1985,

DISPONGO:

Artículo primero Se aprueba el Acuerdo de la Comisión

Mixta de Transferencias en los términos establecidos por el Real

Decreto 831/1985, de 8 de Mayo, y Anexo, y procédase a la publicación de los mismos en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo segundo Los servicios y medios materiales y personales transferidos quedan adscritos al Departamento de Trabajo, Sanidad y

Seguridad Social. Las competencias que, según la legislación estatal, corres ponden al Consejo de Ministros, serán ejercidas por el Pleno del

Gobierno Vasco; las demás competencias se ejercerán por el indicado

Departamento de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social.

Vitoria-Gasteiz, 11 de Junio 1985. El Lehendakari,

JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Presidencia y Justicia,

JUAN RAMON GUEVARA SALETA. El Consejero de Trabajo,

Sanidad y Seguridad Social, JON IMANOL AZUA MENDIA.

El Estatuto de Autonomía para el país Vasco, aprobado por Ley

Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, en su artículo 10, números 12 y 39, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma del

País Vasco en materia de asistencia...

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