DECRETO 184/ 1985, de 11 de Junio, por el que se aprueba la publicación del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 25 de marzo de 1985 en materia de Fundaciones Docentes.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Educacion, Universidades e Investigacion; Presidencia y Justicia |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 184/ 1985, de 11 de Junio, por el que se aprueba la publicación del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 25 de marzo de 1985 en materia de Fundaciones Docentes.
En virtud de lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo de la
Comisión Mixta de Transferencias aprobado por el Real Decreto 2.339/1980, de 26 de Septiembre, y a los efectos del cumplimiento de los trámites d . formalización en el mismo requeridos, por entender que el Real Decreto 840/ 1985, de 8 de Mayo, recoge en sus mismos términos el Acuerdo del Pleno de la citada Comisión Mixta de 25 de
Marzo de 1985, sobre traspaso de servicios del Estado a La Comunidad
Autónoma del País Vasco en materia de Fundaciones Docentes, a propuesta de los Consejeros de Presidencia y Justicia y de Educación,
Universidades e Investigación, previa aprobación de la Presidencia y deliberación y aprobación del Pleno del Gobierno en su reunión del día 11 de Junio de 1985,
DISPONGO:
Mixta de Transferencias en los términos establecidos por el Real
Decreto 840/1985, de 8 de Mayo, y Anexo, y procédase a la publicación de los mismos en el Boletín Oficial del País Vasco.
Universidades e Investigación. Las competencias que, según la legislación estatal, corresponden al Consejo de Ministros, serán ejercidas por el Pleno del Gobierno Vasco; las demás competencias se ejercerán por el indicado Departamento de Educación, Universidades e
Investigación.
Vitoria-Gasteiz, 11 de Junio de 1985. El Lehendakari,
JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Presidencia y Justicia,
JUAN RAMON GUEVARA SALETA. El Consejero de Educación, Universidades e
Investigación,
JUAN CHURRUCA ARELLANO.
REAL DECRETO 840/1985, de 8 de mayo, sobre traspaso de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Fundaciones docentes.
El Estatuto de Autonomía del País Vasco. aprobado por Ley orgánica 3/1997, de 18 de diciembre en su artículo 10.13 establece que la
Comunidad Autónoma del País...
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