DECRETO 253/2011, de 29 de noviembre, de nombramiento de miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEmpleo y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, señala en su artículo 7 que el Consejo de Administración es el órgano superior de gobierno del citado organismo, y que está integrado por las y los miembros siguientes:

  1. Presidente o presidenta, que corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de empleo.

  2. Vicepresidente o vicepresidenta, que corresponderá a la persona titular de la viceconsejería competente en materia de empleo.

  3. El Director o la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

  4. Dos vocales nombrados y, en su caso, cesados por el Gobierno Vasco a propuesta del departamento competente en materia de empleo.

  5. Cinco vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas del País Vasco.

  6. Cinco vocales en representación de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas del País Vasco.

La designación de los o las vocales que integran la representación empresarial en el Consejo corresponde a la Confederación Empresarial Vasca-Confebask.

Por otro lado, y atendiendo a la representatividad actual de las organizaciones sindicales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la distribución inicial de los cinco vocales del grupo sindical del Consejo de Administración es la siguiente:

  1. - Euzko Langileen Alkartasuna / Solidaridad de Trabajadores Vasco (ELA-STV): dos vocales.

  2. - Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi (CCOO): un o una vocal.

  3. - Langile Abertzaleen Batzordeak (LAB): un o una vocal.

  4. - Unión General de Trabajadores de Euskadi (UGT): un o una vocal.

Una vez finalizado el plazo conferido a las organizaciones sindicales y empresariales para proceder a las designaciones de vocales, la organización sindical UGT ha notificado a este Departamento las designaciones de vocal titular y suplente. El resto de las organizaciones sindicales y empresariales con representación en el Consejo de Administración no han comunicado ninguna designación, por lo que, tal y como consta en la comunicación de 11 de noviembre de 2011, se entienden tácitamente designadas aquellas personas que fueron nombradas vocales del Consejo de...

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