DECRETO 80/1986, de 11 de Marzo, sobre Constitución, Funcionamiento y Organización de «Lurralde eta Hiri Ikasketetarako Euskal Eskola-Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos».

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPolitica Territorial y Transportes; Presidencia y Justicia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 80/1986, de 11 de Marzo, sobre Constitución, Funcionamiento y Organización de «Lurralde eta Hiri Ikasketetarako Euskal Eskola-Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos».

La importancia de la ordenación del territorio y la ordenación urbana en el seno de la sociedad vasca, es, desde hace tiempo, una realidad fuera de toda duda sobre lo que es ocioso insistir. La mejora del medio ambiente tanto urbano como rural de Euskadi, es objetivo primordial unánimemente asumido por todos los ciudadanos· Este hecho, por sí solo, sería suficiente para imponer a los poderes públicos la obligación de adoptar las medias precisas para profundizar científicamente en esta materia, y preparar el número suficiente de profesionales con los conocimientos adecuados, que permitan dinamitar y conseguir los objetivos de mejora de la calidad ambiental que se observa en todos los escalones de la Administración de la Comunidad Autónoma.

A todo ello se añaden diversas circunstancias no menos determinantes, como son la rápida evolución de las técnicas de acción urbanística y su complejo carácter multidisciplinar: Derecho, Arquitectura,

Ingenieria, Sociología, Ecología, etc. Las disciplinas citadas se entremezclan en la práctica administrativa y ello debe hacerse de forma coordinada y justamente. valorada en orden a conseguir el objetivo global de ordenar c mejorar el habitar, el medio físico, donde se desarrolla la vida y las relaciones sociales de todos y cada aneo de los ciudadanos.

La voluntad de los Municipios de dotarse de Instrumentos de ordenación urbana acordes con las necesidades actuales y a su vez el mandato imperativo de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación

Urbana de 2 de Mayo de 1975 que establece que todos los Municipios deben proceder a la revisión y adaptación de su planeamiento a las nuevas determinaciones de la misma, ha originado la necesidad de un elevado número de profesionales con preparación suficiente para afrontar tal tarea, número del que no está dotado nuestro País, por efecto de la escasa oferta de trabajo en la materia que caracterizó a las épocas anteriores. Por otro lacio aparece con claridad la necesidad que tienen los Municipios de contar con técnicos especializados no sólo en la redacción sino también en la gestión diaria de la ejecución de sus planes urbanísticos única forma de alcanzar los objetivos de mejora de la calidad de vida anteriormente indicados.

Desde esta perspectiva el Gobierne Vasco, ante la experiencia de estos últimos arios y haciendo suya una aspiración sentida por los profesional vinculados, en...

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