ORDEN de 8 de julio de 1991, del Consejero de lndustria y Comercio, sobre control de rendimientos en las Plantas de Cogeneración.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorIndustria y Comercio
Rango de LeyOrden

ORDEN de 8 de julio de 1991, del Consejero de lndustria y Comercio, sobre control de rendimientos en las Plantas de Cogeneración.

La Ley 82/1980, de 30 de diciembre, sobre conservación de la Energía, promulgada con el objeto de promover un mejor aprovechamiento de la misma, fomenta, entre otros, los sistemas de cogeneración.

El Real Decreto 907/1982, de 2 de abril, sobre fomento de la autogeneración de energía eléctrica, enmarca las relaciones de los autogeneradores con las Empresas Eléctricas y establece las condiciones de entrega de la energía eléctrica.

Por su parte, la Orden de 7 de julio de 1982 establece las normas para obtener la condición de autogenerador eléctrico.

Tras un año aproximado de vigencia de la Orden de 14 de septiembre de 1990 reguladora del control de rendimientos en las Plantas de

Cogeneración en la Comunidad Autónoma del País Vasco, se ha observado la necesidad de modificar el contenido de la misma a fin de concretar el método y la periodicidad con que deben efectuarse dichos controles, contando con una información actual y detallada de los rendimientos efectivamente producidos en estas Plantas.

En su virtud y dada la competencia exclusiva que el Estatuto de

Autonomía del País Vasco otorga a esta Comunidad Autónoma en materia de instalaciones de producción, distribución y transporte de energía dentro de su territorio,

DISPONGO:

Artículo 1 Las normas contenidas en la presente Orden serán de aplicación a aquellas instalaciones de cogeneración ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que dispongan de la condición de «Autogenerador Eléctrico· otorgada de conformidad con lo establecido en la Orden de 7 de julio de 1982.
Artículo 2.- 1

En las instalaciones de cogeneración incluídas en el artículo l.°, deberán registrarse, a lo largo de la fase de explotación, valores acumulados diarios y...

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