RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2012, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP), por la que se convoca a los cursos de euskera de 2012-2013 al personal de los entes públicos con convenio de colaboración con el IVAP.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorIVAP
Rango de LeyResolución

RESUELVO:

Artículo único Aprobar la convocatoria de cursos para los tres primeros perfiles lingüísticos dirigidos al personal de los entes públicos con convenio de colaboración con el IVAP durante el curso 2012-2013, de acuerdo con lo dispuesto en los anexos I, II y III.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de marzo de 2012.

La Directora del Instituto Vasco de Administración Pública,

MarIa Encarnación Echazarra Huguet.

ANEXO I

BASES

Primera.- Objetivo.

Promover e impulsar la capacitación lingüística del personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma Vasca.

Segunda.- Personal destinatario.

Puede participar en esta convocatoria todo el personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma Vasca que tengan firmado un convenio de colaboración con el IVAP siguiendo la Orden de 30 de noviembre de 2005, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la cual, por una lado, se regula el servicio de la formación lingüística que ofrecerá el Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) a los entes públicos de la Comunidad Autónoma Vasca; y, por otro, se fijan las normas para recibir ayudas para la sustitución de empleados municipales que asistan a los cursos de euskera (BOPV: 19-12-2005).

Además, también podrá participar en esta convocatoria el personal trabajor de La Agencia Vasca del Agua y de La Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo.

Queda al margen de esta convocatoria el personal perteneciente a Osakidetza.

El IVAP financiará la formación lingüística ofertada en esta Resolución dentro de su disponibilidad presupuestaria. En el caso de que dicha disponibilidad no fuera suficiente, el IVAP aplicará los criterios de prioridad previstos en la normativa vigente establecidos en el artículo 3 de la Orden de 30 de noviembre de 2005.

Tercera.- Crédito horario.

Todas las solicitudes que se realicen dentro de esta convocatoria deberán cumplir el requisito del crédito horario, tal y como lo establece la Orden de 30 de noviembre de 2005.

De conformidad con lo establecido en el artículo sexto de dicha Orden, para poder iniciar un curso de euskera será necesario tener un saldo de crédito horario positivo al inicio del curso.

A efectos de crédito horario, se considerará como comienzo del curso el mes de octubre del curso 2012-2013 y englobará las siguientes convocatorias:

  1. Convocatoria para lo cursos que comienzan en octubre (se publica entre abril y mayo)

  2. Convocatoria para los cursos que comienzan en febrero (se publica en noviembre)

  3. Convocatoria para realizar cursos en verano (se publica en mayo)

    Así, el IVAP aplicará de la siguiente manera el control sobre el crédito horario:

    - A quienes comiencen el curso en octubre, se les aplicará el control del crédito horario antes de comenzar el curso; y aquellas personas que tengan su saldo agotado no podrá comenzar el curso. En cambio, quienes tengan un saldo positivo, podrán comenzar el curso y no se les volverá a aplicar el control del crédito horario ni para la convocatoria de febrero, ni para la convocatoria de verano. Por lo tanto, podrán acceder tanto a la convocatoria de febrero como a la de verano (siempre que hagan la solicitud dentro de los plazos requeridos), aún teniendo para entonces el saldo del crédito horario negativo.

    - A quienes comiencen el curso en febrero, se les aplicará el control del crédito horario antes de comenzar el curso de febrero; y aquellas personas que tengan el saldo negativo no podrá comenzar el curso. En cambio, quienes tengan un saldo positivo, podrán comenzarlo y no se les volverá a aplicar el control del crédito horario para los cursos de verano (siempre que hagan la solicitud dentro de los plazos requeridos), aún teniendo para entonces el saldo del crédito horario negativo.

    - A quienes comiencen el curso en verano, se les aplicará el control del crédito horario cuando se reciba la solicitud en el IVAP. Dichas personas deberán contar con un saldo positivo a la hora de realizar la solicitud, ya que, de lo contrario, el IVAP denegará su solicitud.

    Cuarta.- Convocatorias para el curso 2012-2013.

    El IVAP publicará dos convocatorias para el curso 2012-2013:

    La presente convocatoria es la convocatoria principal, correspondiente al curso 2012-2013, que regula todo el curso escolar.

    La oferta para el segundo cuatrimestre del curso 2012-2013 se hará mediante una convocatoria complementaria a ésta, que será publicada el próximo mes de noviembre.

    En dicha convocatoria de noviembre se podrá solicitar la escolarización a partir de febrero, pero únicamente para cursos de cinco horas o internados. También se podrá solicitar el cambio de módulo iniciado en octubre, siempre que sea de un módulo intensivo (cinco horas semanales, internado) al módulo de 2 horas o al revés.

    Por lo tanto, las...

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