DECRETO 22/2002, de 15 de enero, sobre autorización de participación del Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca (EITB) en la ampliación de capital de la sociedad anónima ¿Euskaltel, S.A.¿.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Cultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 22/2002, de 15 de enero, sobre autorización de participación del Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca (EITB) en la ampliación de capital de la sociedad anónima ¿Euskaltel, S.A.¿.

La Sociedad ¿Euskaltel, S. A.¿ es una empresa que tiene por objeto la gestión, explotación, comercialización y distribución de servicios y redes de telecomunicaciones, con el proyecto de configurarse en operadora integral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el día 19 de diciembre de 2001, acordó, entre otros, aprobar una futura ampliación por un total máximo de sesenta y dos millones cuatrocientos mil (62.400.000) Euros, para atender las necesidades de capital durante el ejercicio 2002.

Dicha actuación social se acometerá mediante la emisión de un millón cuarenta mil (1.040.000) nuevas acciones de un valor nominal de sesenta (60) Euros cada una de ellas.

A la vista de las actuaciones previstas por el órgano de administración de EITB se ha estimado adecuado acudir a la suscripción de las nuevas acciones que le corresponden conforme a un porcentaje de titularidad del 5% del capital social que en la actualidad ostenta, esto es, la suscripción de un máximo de cincuenta y dos mil (52.000) nuevas acciones, de sesenta (60) Euros cada una de ellas, con un desembolso total máximo de tres millones ciento veinte mil (3.120.000) Euros.

El artículo 44.1, de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que la creación de Sociedades de cualquier clase, así como la adquisición de participaciones en las mismas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, será autorizada por Decreto del Gobierno a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la empresa vaya a depender administrativamente, pudiendo acordar la aportación de metálico y bienes de dominio privado, cualquiera que sea su valor.

En su virtud, conforme al artículo 13.2, del Decreto 7/2001, de 16 de julio, del Lehendakari, hallándose adscrito al Departamento de Cultura el Ente Público de derecho privado Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y de...

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