DECRETO 354/1994, de 13 de septiembre, por el que se regulan las subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma para la atención de los gastos de funcionamiento y de inversiones de los Juzgados de Paz y para la promoción de Agrupaciones de Secretarías.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 354/1994, de 13 de septiembre, por el que se regulan las subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma para la atención de los gastos de funcionamiento y de inversiones de los Juzgados de Paz y para la promoción de Agrupaciones de Secretarías.

La particular situación en que se encuentran los Juzgados de Paz a raíz de la promulgación de la Ley 38/1988 de 28 de diciembre, de Demarcación y de

Planta Judicial, y la confianza en el auténtico valor de las funciones que estos órganos jurisdiccionales están llamados a desempeñar, son objeto para el Gobierno

Vasco de especial inquietud e interés.

Es por ello que la presente Disposición pretende seguir regulando las subvenciones destinadas a los

Ayuntamientos, incidiendo en tres líneas básicas de actuación: atención a los gastos de funcionamiento e inversiones de los Juzgados de Paz y, finalmente, promoción de las Agrupaciones de Secretarías.

Las subvenciones por el primero de los citados conceptos se modulan en función del número de habitantes de derecho del municipio, diferenciándose cuatro intervalos de población: municipios de menos de mil habitantes, municipios entre mil y seis mil novecientos noventa y nueve habitantes, municipios entre siete mil y cuarenta mil habitantes y municipios con una población superior a cuarenta mil habitantes.

Por otra parte, y siempre dentro del máximo respeto a la personalidad y autonomía municipales, se ha apreciado la conveniencia de continuar promoviendo, en el ejercicio de las facultades atribuidas por el art. 50.4 de la mencionada Ley, Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz con la finalidad de operar una economía de gastos y, al mismo tiempo, hacer posible una mayor eficacia en la distribución de las subvenciones y en la prestación de los servicios, al facilitar su desempeño en forma profesionalizada por funcionarios de la Administración de Justicia. A tales efectos, se prevén cuotas adicionales por Agrupación y/o por Municipio Agrupado, según el número global de habitantes de los Municipios que la integran.

En su virtud, oída la Asociación de Municipios Vascos -EUDEL-, a propuesta del Consejero de Justicia, con el visto bueno de la Comisión Económica y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de septiembre de 1994.

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto regula la concesión de subvenciones, para el año 1994, a los Ayuntamientos de la

Comunidad Autónoma para la atención de los gastos de funcionamiento y de...

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