ORDEN de 24 de septiembre de 2012, de la Consejera de Interior, Justicia y Administración Pública, por la que se aprueba la modificación de estatutos del Colegio de Mediadores de Seguros de Vizcaya.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior; Justicia y Administración Pública
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por Ley Orgánica 3/1979 de 18 de diciembre, en el artículo 10.22, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio en lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución Española.

La Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de Colegios y Consejos Profesionales y el Decreto 21/2004, de 3 de febrero, sobre el Reglamento del Registro de Profesiones Tituladas, los Colegios Profesionales y los Consejos Profesionales, dictadas ambas en virtud de la citada competencia, establecen en sus artículos 33 y 38 respectivamente que los estatutos colegiales, así como su reforma, serán comunicados al Departamento competente para su aprobación definitiva, previa verificación de su legalidad, mediante Orden que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco conjuntamente con los estatutos aprobados e inscrita en el Registro de Profesiones Tituladas.

En cumplimiento de lo previsto en los citados artículos se han evacuado los informes preceptivos del Consejo de Mediadores de Seguros del País Vasco, del Servicio Vasco de Defensa de la Competencia y del Departamento de Economía y Hacienda, competente por razón de la profesión de que se trata.

Verificada la adecuación a la legalidad de la modificación de los estatutos del Colegio de...

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