DECRETO 204/1992, de 21 de julio, por el que se autoriza para impartir el nivel de BUP a centros privados del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 204/1992, de 21 de julio, por el que se autoriza para impartir el nivel de BUP a centros privados del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Con fecha 12 de noviembre de 1991 se dictó sentencia por la Sección

Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia del País Vasco en el recurso registrado con el número 1394/90 y seguido por el procedimiento de Protección

Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona en el que se impugnaban las resoluciones del Director de Centros Escolares del

Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno

Vasco de 12 de junio de 1990, denegatorias de autorización para impartir la docencia en el nivel de B.U.P., a partir del curso 1990-91, en cuyo fallo se pronunciaba estimando parcialmente dicho recurso en relación con los centros relacionados en el Anexo a este

Decreto, anulando aquellos actos por ser contrarios a Derecho e infringir por razones formales el derecho constitucional a la libre creación de centros docentes y ordenando se proceda a la retroacción de las actuaciones del expediente administrativo al momento idóneo para que la Administración educativa señale deficiencias y reparos a subsanar en el expediente.

En ejecución de la citada sentencia se comunicó el 17 de marzo de 1992 a los centros relacionados en el Anexo al presente Decreto que se procedía a la retroacción del expediente al momento establecido en el artículo 7.1 del Decreto 1855/74, de 7 de junio, disponiendo del plazo de un mes para subsanar las deficiencias observadas presentado la correspondiente documentación.

Examinada la documentación presentada por los titulares de los centros docentes relacionados en el Anexo al presente Decreto.

Vista la legislación vigente aplicable en la materia. En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades e Investigación y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en la sesión celebrada el día 21 de julio de 1992,

DISPONGO: Artículo.- Se autoriza para impartir el nivel de

BUP a los Centros privados que figuran en...

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