DECRETO 251/2005, de 20 de septiembre, por el que se regula la identificación de las personas usuarias para el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 251/2005, de 20 de septiembre, por el que se regula la identificación de las personas usuarias para el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
El artículo 7 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, incluye la prestación farmacéutica dentro del catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud. Esta prestación comprende, según el artículo 16, los medicamentos y productos sanitarios y el conjunto de actuaciones encaminadas a que los pacientes los reciban de forma adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus requerimientos individuales, durante el período de tiempo adecuado y al menor coste posible para ellos y la comunidad, y se rige por lo dispuesto en la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, y por la normativa en materia de productos sanitarios y demás disposiciones aplicables.
Por su parte, la Ley del Medicamento, dentro del capítulo dedicado al uso racional de los medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, establece en el artículo 95.3 que una de las obligaciones de los pacientes es justificar su derecho a la prestación cuando así les sea requerido por el personal facultativo del Sistema Nacional de Salud o en las farmacias dispensadoras.
De nuevo la Ley 16/2003, antes citada, dispone en su artículo 57 que el acceso de los ciudadanos a las prestaciones de la atención sanitaria que proporciona el Sistema Nacional de Salud se facilitará a través de la tarjeta sanitaria individual, como documento administrativo que acredita los datos básicos de identificación de su titular, del derecho que le asiste en relación con la prestación farmacéutica y del servicio de salud o entidad responsable de la asistencia sanitaria. Este artículo ha sido desarrollado mediante el Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual, con el resultado de que todas las personas beneficiarias del Sistema Nacional de Salud disponen ya de su tarjeta sanitaria individual emitida por su correspondiente Comunidad Autónoma.
En la Comunidad Autónoma del País Vasco muchos años antes ya se había dictado el Decreto 252/1988, de 4 de octubre, por el que se implanta el uso de la tarjeta individual sanitaria, se regula la adscripción de facultativos, y se establece la edad que delimita la...
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