DECRETO 208/1997, de 23 de septiembre, por el que se habilitan créditos en el Programa 42221 por ingresos obtenidos en el mismo Programa del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1997.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Educacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 208/1997, de 23 de septiembre, por el que se habilitan créditos en el Programa 42221 por ingresos obtenidos en el mismo Programa del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1997.

La Ley 10/1996, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1997, establece que el estado de gastos del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma totaliza, en cuanto a los créditos de pago, la cantidad de 709.878.340.000 PTA, ascendiendo el estado de ingresos del citado Presupuesto al mismo importe.

Se ha obtenido un ingreso procedente de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián (Kutxa) por importe de 87.236.091 PTA para el abono de las certificaciones n.º 2, 3, 4, 5 y 6 correspondientes a las obras de remodelación del Instituto Politécnico «Ciudad Laboral Don Bosco», según lo estipulado en el convenio, de fecha de 24 de mayo de 1993, entre el Departamento de Educación, Universidades e Investigación y la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián, según el cual esta entidad financiera se compromete al abono de 582.000.000 PTA en un plazo de cinco años para las obras de remodelación de dicho centro educativo, previa presentación de las certificaciones de obras realizadas con el Visto Bueno del Departamento de Educación, Universidades e Investigación. Adicionalmente se va a recibir de dicha entidad financiera 40.549.197 PTA correspondientes a la certificación n.º 7 que cuenta con el visto bueno de la Administración Educativa lo cual supone, conforme a la cláusula quinta del referido convenio, un compromiso firme del abono del coste de esta última certificación por parte de la Kutxa.

Por tal motivo se procede a su habilitación, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de setiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi.

En su virtud, previo informe favorable de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, a propuesta de los Consejeros de Hacienda y...

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