DECRETO 278/1986, de 25 de Noviembre por cl cual se habilitan Créditos en el programa 07040 del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEconomia y Hacienda; Educacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 278/1986, de 25 de Noviembre por cl cual se habilitan Créditos en el programa 07040 del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma

El artículo 1 de la Ley l0/1985, de 20 de Diciembre, aprobó cl

Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma para 1986, fijando los créditos de pago así como los ingresos del presupuesto citado en la cantidad de 159.934.095.257 pesetas.

Habiéndose obtenido en el ejercicio presupuestario vigente de 1986 ingresos no previstos en el mencionado presupuesto provenientes de fondos asignados en la Sección 33 -Fondo de Compensación

Interritorial de los Presupuestos Generales del Estado para 1985 en virtud del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 25 de·

Marzo de 1985 sobre traspaso de servicios del Estado a la Comunidad

Autónoma del País Vasco en materia de univcrsidades, aprobado por el

Real Decreto 1014/ 1985, de 25 de: Mayo, por parte del Estado y por

Decreto 181/1985, de 2 de Julio, por parte de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se hace necesario proceder a su habilitación de conformidad con el artículo 94 de la Ley 31/1983, de 20 de Diciembre

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Educación,

Universidades e Investigación y de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 25 de noviembre de 1986

DISPONGO:

Artículo primero Aprobar la habilitación de créditos por un importe de 19.000.000 pesetas provenientes de la precitada remisión de fondos en el concepto 712 del Programa 98010 del estado de Ingresos del Presupesto de la Administración de la Comunidad

Autónoma, la cual genera créditos de pago en el estado de Gastos por igual importe en el concepto 771 del Programa 07040.

Artículo segundo De conformidad con el artículo 513.3 de la Ley 31/1983, de 20 de Diciembre los créditos habilitados en cl artículo 1 de este Decreto deberán aplicarse a la realización de inversiones en la Universidad...

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