DECRETO 332/2003, de 23 de diciembre, por el que se regulan los Premios 'Gure Artea' para la promoción de las artes plásticas y visuales.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 332/2003, de 23 de diciembre, por el que se regulan los Premios "Gure Artea" para la promoción de las artes plásticas y visuales.

En el marco de facultades que al Departamento de Cultura le vienen atribuidas como áreas de actuación, caben destacar las del fomento y difusión de las artes plásticas y visuales a través de una política orientada a los creadores.

Para lograr este objetivo, el Departamento de Cultura creó los Premios "Gure Artea", a los efectos de incentivar el desarrollo de la capacidad creativa y teniendo en cuenta que los premios proporcionan estímulos y reconocimiento a la creación artística, así como cauces para la difusión pública de la obra.

Con el fin de dar mayor proyección a los Premios y posibilitar al efecto una mejor valoración tanto de la obra como de la propia trayectoria artística de los autores, los Premios "Gure Artea" vienen siendo convocados con carácter bienal.

Atendiendo a lo establecido en el Decreto 7/2001, de 16 de julio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, así como en el Decreto 34/2002, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura,

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2003,

DISPONGO:

Artículo 1 ? Objeto y convocatoria.
  1. ? Es objeto del presente Decreto regular los Premios "Gure Artea" para la promoción de las artes plásticas y visuales.

  2. ? Los "Gure Artea" consistirán en tres Premios de igual cuantía, que serán convocados bienalmente por Orden de la Consejera de Cultura. En dicha Orden constará en todo caso el objeto de la misma, la cuantía económica destinada a los Premios y el plazo de presentación de las candidaturas, que en ningún caso será inferior a un mes.

Artículo 2 ? Requisitos.
  1. ? Podrán optar a los Premios "Gure Artea" todas aquellas personas físicas nacidas en la Comunidad Autónoma del Euskadi o con vecindad administrativa en el territorio de dicha Comunidad.

  2. ? La adjudicación y, en su caso, la entrega de Premios quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

Artículo 3 ? Presentación de candidaturas.
  1. ? Las candidaturas, que se presentarán por el...

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