ACUERDO del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas de aprobación definitiva del informe del Museo Guggenheim Bilbao: análisis de la legalidad de las adquisiciones de obras de arte desde 01-01-1999 hasta 31-12-2005 y fiscalización de la actividad de la Fundación Guggenheim, 2005, adoptado en sesión de 14 de junio de 2007.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorTribunal Vasco Cuentas Publicas
Rango de LeyAcuerdo

El Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas en sesión celebrada el día 14 de junio de 2007, ha adoptado el siguiente ACUERDO:

Aprobar con carácter definitivo el informe del Museo Guggenheim Bilbao: análisis de la legalidad de las adquisiciones de obras de arte desde 01-01-1999 hasta 31-12-2005 y fiscalización de la actividad de la Fundación Guggenheim, 2005, que figura como anexo al presente Acuerdo.

Disponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 1/1988 del TVCP/HKEE, la publicación de sus conclusiones en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de junio de 2007. El Presidente del TVCP, JESÚS ÁLVAREZ GALDÓS. La Secretaria General del TVCP, BEGOÑA MARIJUÁN ARCOCHA. ANEXO INFORME DEL MUSEO GUGGENHEIM BILBAO: ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LAS ADQUISICIONES DE OBRAS DE ARTE DESDE 01-01-1999 HASTA 31-12-2005 Y FISCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LA FUNDACIÓN GUGGENHEIM, 2005 I.– INTRODUCCIÓN.

Este informe sobre la legalidad de las adquisiciones de obras de arte del museo Guggenheim Bilbao y de fiscalización de la actividad de la Fundación Guggenheim se realiza conforme a la Ley 1/1988 del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, y está incluido en el Plan de Trabajo para el ejercicio 2006, a petición de la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento Vasco. El periodo fiscalizado comprende el ejercicio 2005 para la fiscalización de la actividad de la Fundación Guggenheim y los ejercicios 1999 a 2005 para el análisis de las adquisiciones de obras de arte.

Antecedentes:

El 13 de diciembre de 1991 el Gobierno Vasco, la Diputación Foral de Bizkaia (en adelante la DFB) y Solomon R. Guggenheim Foundation (en adelante la SRGF) suscribieron un acuerdo de servicios de desarrollo y programación para el Museo Guggenheim Bilbao, complementado con un acuerdo de gestión firmado el 21 de diciembre de 1994.

El entramado institucional establecido en dichos acuerdos para la construcción, puesta en marcha y funcionamiento del Museo es:

– Inmobiliaria Museo de Arte Moderno y Contemporáneo de Bilbao, S.L. (en adelante la Inmobiliaria), cuyo objeto es la adquisición y propiedad del solar y la construcción y propiedad de la sede física del Museo. Se constituye el 13 de julio de 1992 por el Gobierno Vasco, la DFB y el Ayuntamiento de Bilbao.

– Fundación del Museo Guggenheim Bilbao (en adelante la Fundación), creada por el Gobierno Vasco y la DFB, para la gestión, dirección, mantenimiento, conservación y promoción del Museo.

– Tenedora Museo de Arte Moderno y Contemporáneo de Bilbao, S.L. (en adelante la Tenedora), para llevar a cabo el programa de adquisiciones de obras de arte.

El trabajo realizado comprende, por tanto, la fiscalización de dos de estas entidades: la Fundación, en cuanto a su actividad en el ejercicio 2005 y la Tenedora, en cuanto a las adquisiciones de obras de arte desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre de 2005.

Fundación del Museo Guggenheim Bilbao

La Fundación se constituye por el Gobierno Vasco, la DFB y la SRGF el 3 de junio de 1996. Su objeto social es la gestión, dirección, mantenimiento, conservación y promoción del Museo, que reunirá, conservará y exhibirá el arte del siglo XX en el marco de una obra singular de la arquitectura, sirviendo de símbolo cultural de la revitalización económica del País Vasco y de la orientación internacional de la SRGF. En concreto, se establecen los siguientes objetivos:

– Crear un programa de exposiciones de arte moderno contemporáneo a nivel internacional y de calidad comparable a la de la SRGF.

– Conservar la colección de la Tenedora y servir de recurso a otros museos y galerías.

– Estudiar, interpretar y exhibir la colección.

– Realzar la imagen internacional de Bilbao.

– Realizar otras actividades complementarias que tengan como finalidad la promoción o realización de manifestaciones culturales, conferencias, ediciones, libros, etc.

La fiscalización de la actividad de la Fundación abarca los siguientes aspectos:

– Legales: cumplimiento de la normativa que resulte de aplicación tanto en la contratación de bienes y servicios, como en la contratación del personal.

– Contables: conformidad de la documentación financiera de la Fundación a los principios contables que resulten de aplicación.

Para la realización del trabajo hemos obtenido el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio 2005 efectuado por auditores externos y revisado los papeles de trabajo que soportan el mismo, realizándose las pruebas adicionales que se han considerado necesarias. Hemos revisado el procedimiento seguido por la Fundación para una muestra de adquisiciones de bienes y servicios. Además se ha analizado la variación de personal del ejercicio.

Tenedora Museo de Arte moderno y Contemporáneo de Bilbao, S.L.

La Tenedora fue constituida el 7 de abril de 1995 con un capital social inicial de 60 miles de euros, suscritos y desembolsados al 50% por el Gobierno Vasco y la DFB. Su objeto social es la adquisición y explotación, mediante cualquier fórmula legalmente admitida, de toda clase de obras y creaciones artísticas, así como la organización de muestras y exposiciones de arte.

El análisis del cumplimiento de la legalidad en el proceso de adquisición de obras de arte ha consistido en:

– La obtención de la relación de obras de arte adquiridas en el periodo 1999 a 2005 y el detalle de su coste, analizando los importes registrados en las cuentas de inmovilizado de la Tenedora durante esos ejercicios.

– Revisión del procedimiento para la selección de las obras de arte y su adquisición.

– Selección de una muestra de 23 adquisiciones por un precio de 28.367 miles de euros (99% del total de adquisiciones del periodo) para verificar la correcta aplicación del procedimiento.

– Análisis de 3 expedientes de contratación de costes accesorios para la adquisición de obras de arte por un importe de 783 miles de euros (59% del total de costes accesorios del periodo), para verificar su adecuación a lo dispuesto en el TRLCAP.

Planes de actuación y procedimiento de adquisición.

Tras la finalización del proceso inversor del cuatrienio 1996-1999, el Gobierno Vasco y la DFB asumen el compromiso de dotar un nuevo fondo para la adquisición de obras en el siguiente cuatrienio.

En este sentido, el Consejo de Administración de la Tenedora aprueba el 29 de marzo de 2000 el Plan de actuación 2000-2003, estableciendo unas líneas directrices y una metodología a seguir en la adquisición de obras de arte.

Las directrices recogen los objetivos en tres aspectos:

– Las obras de la Colección del Museo de Bilbao deben reunir la doble condición de conformar una colección con identidad propia para Bilbao y, a la vez, deben ser un complemento para la Colección Permanente de los Museos Guggenheim.

– Con respecto al ámbito temporal, las adquisiciones se centrarán en el período comprendido entre la posguerra y la actualidad.

– En relación con el contenido, las adquisiciones se clasificarán en las siguientes categorías.

1.– Obras singulares: obras que destacan por su carácter de síntesis y culminación con respecto a la trayectoria de un artista singular.

2.– Obras maestras: obras que constituyen una referencia marcada para otros artistas y se pueden considerar determinantes para el desarrollo de la historia del arte de la segunda mitad del siglo XX.

3.– Conjuntos de obras de grandes figuras del período citado, con el fin de dar una visión de profundidad de la calidad creativa de esos artistas.

4.– Obras de encargo, específicamente concebidas para los espacios del Museo de Bilbao, teniendo en cuenta la singularidad arquitectónica del edificio.

En relación con la metodología a seguir, el Plan de actuación, contempla varias fases:

1.– Formación de un grupo de trabajo que elabore un proyecto de objetivos de adquisición, con indicación de autores, obras y orden de magnitud de precios, estableciendo una distribución razonable del fondo disponible entre los distintos capítulos de adquisición. El grupo de trabajo, que debe estar integrado de forma paritaria por representantes de los museos de Nueva York y Bilbao, se constituye el 22 de diciembre de 2000 contando con 3 representantes de cada Museo: los directores generales de ambos Museos, la Directora de actividades museísticas, un miembro del Comité asesor artístico del Museo de Bilbao, la Subdirectora y Conservadora Jefa y la responsable de actividades curatoriales del Museo de Nueva York.

2.– El grupo elaborará propuestas de adquisición específicas para someterlas al Consejo de Administración. Cada propuesta irá acompañada de un informe sobre la importancia de la obra y el lugar que ocupa dentro de la colección, de un análisis de mercado y de una o varias propuestas de expertos que avalen la adquisición.

3.– El Consejo revisará las propuestas, junto a la documentación facilitada, aprobando el inicio de conversaciones con el vendedor. Inmediatamente se informará al Comité Asesor Artístico de la Fundación acerca de las propuestas presentadas. El Comité Asesor Artístico está compuesto por Miembros de Honor y miembros del Patronato de la Fundación.

4.– Una vez concluidas satisfactoriamente las negociaciones, el Consejo aprobará formalmente la adquisición de las obras, para lo que se le proporcionará la documentación relativa a la proveniencia de la obra, un informe sobre el estado de conservación y el borrador del contrato a suscribir. Posteriormente se dará cuenta al Comité Asesor Artístico de las adquisiciones ya formalizadas.

El 26 de febrero de 2004 se aprueba el Plan de actuación 2004-2007, que contempla las mismas directrices y similar metodología.

El programa de adquisiciones elaborado por el grupo de trabajo para el periodo 2000-2003 se aprobó por el Consejo de Administración de la Tenedora el 8 de marzo de 2001. Distribuye de manera aproximada el fondo de 30.000 miles de euros previsto para el cuatrienio entre seis categorías de obras a adquirir, indicando una relación de autores propuestos para cada categoría, aunque cada año se revisan las...

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