DECRETO 10/2008, de 22 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto del trazado de abastecimiento y depósito de Vista Alegre del municipio de Zarautz.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente y Ordenacion del Territor
Rango de LeyDecreto

Mediante Orden Foral del Diputado de Desarrollo Sostenible, de fecha 13 de junio de 2007, se acordó iniciar los trámites legales para la aprobación del "Proyecto del trazado de abastecimiento y depósito de Vista Alegre" del municipio de Zarautz, y someter el proyecto con la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria ocupación a efectos expropiatorios al trámite de información pública. Posteriormente, el Consejo de Diputados en su sesión de fecha 23 de octubre de 2007 acordó declarar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, y solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgencia de las obras a efectos de que la ocupación de los citados bienes y derechos afectados por el expediente expropiatorio pueda realizarse conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado alegaciones, que fueron resueltas según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

En la actualidad existen problemas en el abastecimiento de agua a las zonas altas de Hiruerreketa y Vista Alegre en el término municipal de Zarautz. A tal efecto se ha redactado el proyecto del trazado de abastecimiento y depósito de Vista Alegre, que contempla la construcción de un nuevo depósito con capacidad y cota suficientes para abastecer estos barrios desde la red general de Ibai Eder, a través de una nueva conducción desde la derivación prevista en la caseta existente de Vista Alegre.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en...

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