DECRETO 399/2005, de 29 de noviembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de trazado para el abastecimiento de agua a Eibar desde el embalse de Urkulu.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 399/2005, de 29 de noviembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de trazado para el abastecimiento de agua a Eibar desde el embalse de Urkulu.

Mediante Acuerdo de Consejo de Diputados de fecha 13 de septiembre 2005, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el Proyecto de "Trazado para el abastecimiento de agua a Eibar desde el embalse de Urkulu". Igualmente, en el mismo Acuerdo se incluyó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado varios escritos de alegaciones, que han sido resueltos según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Las obras contemplan la continuación de la red de abastecimiento que llega a Soraluze desde el embalse de Urkulu para, a través del túnel de Iragorri, alcanzar mediante las oportunas casetas de derivación a los depósitos de Iragorri, Ipurua y Tutulukua.

La obra a ejecutar se engarza dentro de las previsiones del "Plan de actuaciones en sequías de los sistemas de abastecimiento del Territorio Histórico de Gipuzkoa", donde se contempla la necesidad de conectar los sistemas de Aixola y Urkulu para garantizar en todo momento el abastecimiento de agua a Eibar.

Por todo lo expuesto, se considera necesario y urgente proceder a ocupar los terrenos afectados por el expediente expropiatorio a la mayor brevedad posible.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR