DECRETO 103/1991, de 26 de febrero, por el que se garantiza el mantenimiento de los servicios esenciales por el personal no sanitario del Hospital Comarcal del Bidasoa.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Presidencia, Regimen Juridico y Desarrollo Autonomico; Sanidad |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 103/1991, de 26 de febrero, por el que se garantiza el mantenimiento de los servicios esenciales por el personal no sanitario del Hospital Comarcal del Bidasoa.
El personal no sanitario del Hospital Comarcal del Bidasoa ha sido convocado a una huelga a partir del día 22 de febrero de 1991, con carácter indefinido.
El derecho constitucional a la protección de la salud, contemplado en el artículo 43.1 de la Constitución Española, e incluso el derecho a la vida de los ciudadanos, cuya garantía compete a los poderes públicos a través de medidas preventivas y del aseguramiento de la prestación de los servicios necesarios, no puede quedar sin la debida protección frente al legitimo ejercicio del derecho a la huelga por los trabajadores convocados.
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