ORDEN de 11 de febrero de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se aprueba e inscribe la modificación del artículo 34 de los estatutos fundacionales de la Fundación Cidatec, de Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia y Administración Pública
Rango de LeyOrden

Visto el expediente que la denominada Fundación Cidetec de Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa) presenta de aprobación e inscripción de la modificación del artículo 34 de sus Estatutos, atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 7 de julio de 2008 tuvo entrada en el extinto Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social solicitud suscrita por D. Juan Recalde Méndez de Vigo, en nombre y representación de Fundación Cidetec, de Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa), de inscripción de la modificación del artículo 34 de sus Estatutos.

Se acompañan sendas copias autorizadas por el Notario de Donostia-San Sebastián, D. Enrique García Jalón de la Lama, bajo su número de protocolo 1.134, de 26 de junio de 2008, de la Escritura de elevación a público de acuerdos fundacionales otorgada por D. Francisco Javier Rodríguez Parra, en su calidad de secretario del Patronato de la Fundación, actuando en nombre y representación de la misma.

Mediante dicho título se eleva a público el acuerdo del Patronato de la Fundación de fecha 26 de noviembre de 2004, de modificación del artículo 34 de sus Estatutos que se contiene en el certificado que incorpora, expedido en Donostia-San Sebastián el día 14 de septiembre de 2007 por D. Francisco Javier Rodríguez Parra, en su calidad de Secretario del Patronato de la Fundación Cidetec con el visto bueno del Presidente, D. Javier Alday Lesaga (persona física representante del patrono persona jurídica Celaya, Emparanza y Galdós, S.A.).

Segundo.- El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco, que a su vista han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante Orden la resolución del expediente de modificación estatutaria sobre la base de los artículos 36.3 y 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco, y 4 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco; el artículo 9.1 e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 4.1 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración...

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