DECRETO 298/1995, de 13 de junio, por el que se dispone la emisión de deuda publica de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de entre 18.000 y 20.000 millones PTA a materializar en yenes japoneses.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 298/1995, de 13 de junio, por el que se dispone la emisión de deuda publica de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de entre 18.000 y 20.000 millones PTA a materializar en yenes japoneses.

La Ley 1/1995, de 12 de abril, por la que se aprobaron los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1995, en su artículo 8.2, autoriza al Gobierno Vasco para que, a propuesta del Departamento de Hacienda y Administración Pública, emita

Deuda Pública de Euskadi hasta una cuantía máxima de 79.577.000.000 PTA, con la finalidad de financiar inversiones.

En uso de la citada autorización, procede disponer la emisión de Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de entre 18.000 y 20.000 millones PTA, a materializar en yenes japoneses, una vez cumplido el correspondiente trámite de coordinación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación y aprobacióndel Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el 13 de junio de 1995.

DISPONGO:

Artículo 1 Importe de la emisión.

En uso de la autorización concedida al Gobierno en el artículo 8.2 de la Ley 1/1995, por la que se aprobaron los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1995, se acuerda la emisión de

Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de entre 18.000 y 20.000 millones PTA, a materializar en yenes japoneses.

Artículo 2 Características de la emisión. 1.- De acuerdo con el artículo 8.4.g) de la Ley de

Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de

Euskadi para el ejercicio 1995, el tipo de interés se determinará por el Departamento de Hacienda y Administración

Pública. 2.- Las obligaciones tendrán un valor nominal de 1.000.000, 10.000.000, y 100.000.000 de yenes y serán ofrecidas a la suscripción pública. 3.- Las obligaciones se emitirán a la par. 4.- Las obligaciones llevarán la fecha de 26 de julio de 1995, como fecha de emisión y a efectos identificativos de la misma. 5.- La fecha de desembolso de la emisión será el 26 de julio de 1995 6.- El...

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