ORDEN de 6 de septiembre de 1994, del Consejero de Interior, sobre la fijación de las cuantías establecidas para limitar los gastos electorales en las elecciones al Parlamento Vasco de 1994.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyOrden

ORDEN de 6 de septiembre de 1994, del Consejero de Interior, sobre la fijación de las cuantías establecidas para limitar los gastos electorales en las elecciones al Parlamento Vasco de 1994.

Dado que por el Decreto 346/1994, de 29 de agosto (B.O.P.V. n.º 164 de 30 de agosto), se procedió a la disolución del Parlamento Vasco y a la convocatoria de elecciones para el próximo 23 de octubre de 1994, es necesario según el artículo 147 de la vigente ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento

Vasco, establecer que ningún partido, federación, coalición o agrupación de electores podrá realizar gastos electorales que superen las cuantías establecidas en la presente Orden.

Por todo ello, en aplicación de los baremos sobre el límite de gastos electorales, fijados en el artículo 147.2 de la referida Ley Electoral, actualizados según la

Orden del Departamento de Economía y Hacienda de 5 de septiembre de 1994 y sobre la base referida al uno de enero de 1994 del número de habitantes correspondiente a la población de derecho de cada uno de los

Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma Vasca, se procede a la siguiente fijación

DISPONGO:

Artículo 1 Para la circunscripción electoral de

ArabaAlava,el límite de gastos electorales será de treinta y tres millones, sesenta y cuatro mil, ciento setenta y cuatro (33.064.174) PTA.

Artículo 2 Para la circunscripción electoral de

Gipuzkoa, el límite de gastos electorales será de cincuenta millones, cuatrocientas veintisiete mil, novecientas tres (50.427.903) PTA.

Artículo 3 Para la circunscripción electoral de Bizkaia, el límite de gastos electorales será de setenta y un millones, ciento once mil, doscientas dos (71.111.202)

PTA.

Artículo 4 Para los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR