ORDEN de 24 de febrero de 2011, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se anuncia el inicio del procedimiento para la creación de una nueva oficina de farmacia en la Zona Farmacéutica Vitoria-Gasteiz y se nombran miembros de la Comisión de valoración de méritos para el acceso a la titularidad de dicha botica.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorSanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

El artículo 34.1 de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, establece que la convocatoria para la creación de nuevas oficinas de farmacia, o en su caso el anuncio sobre la no procedencia, deberá realizarse durante el primer semestre del año, una vez conocidos los datos de la revisión de los padrones municipales de habitantes.

En cumplimiento de dichos términos, la Orden de 31 de mayo de 2010 (BOPV de 25 de junio de 2010) anunció la procedencia de instalar una nueva oficina de farmacia en la zona farmacéutica Vitoria-Gasteiz, si bien no podía determinarse en ese momento su posible ubicación. Por esta razón, se estimó más ajustado a derecho y más favorable para los futuros interesados que la convocatoria del procedimiento para dicha creación no se realizara hasta tanto la duda relativa a la ubicación no quedara definitivamente despejada.

Pues bien, culminado el procedimiento iniciado mediante Orden de 11 de septiembre de 2009 para la creación de una oficina de farmacia en la misma zona farmacéutica, se conocen ya cuáles son las zonas de salud en las que podrá quedar instalada la nueva oficina de farmacia.

Por otra parte y de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Decreto 338/1995, de 27 de junio, por el que se regulan los procedimientos de creación, traslado, cierre y funcionamiento de las oficinas de farmacia, modificado por Decreto 24/2004, de 3 de febrero, procede nombrar a los miembros de la Comisión de Valoración encargada de evaluar los méritos de los solicitantes, una vez recibidas las propuestas del Consejo de Farmacéuticos del País Vasco, de las Asociaciones Empresariales de Farmacéuticos y de las Asociaciones de Farmacéuticos Regentes, Adjuntos, Sustitutos y sin Ejercicio.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.- Convocar la creación de una nueva oficina de farmacia en la Zona Farmacéutica Vitoria-Gasteiz, con arreglo a lo establecido en el Decreto 338/1995, de 27 de junio, por el que se regulan los procedimientos de creación, traslado, cierre y funcionamiento de las oficinas de farmacia, modificado por Decreto 24/2004, de 3 de febrero.

De conformidad con los criterios establecidos en el artículo 13 de la Ley 11/1994, la oficina de farmacia convocada deberá ubicarse en una de las tres Zonas de Salud siguientes:

- 1.1.02: Aranbizkarra.

- 1.1.04: Santa Lucia.

- 1.1.09: Lakua-Arriaga.

El plazo de presentación de solicitudes para el acceso a la titularidad de la oficina de...

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