NORMA FORAL 6/2012, de 8 de octubre, por la que se aprueban medidas extraordinarias que garanticen la viabilidad presupuestaria y financiera del Ayuntamiento de Mutriku.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Diputacion Foral de Gipuzkoa |
Rango de Ley | Norma foral |
EL DIPUTADO GENERAL DE GIPUZKOA
Hago saber que las Juntas Generales de Gipuzkoa han aprobado y yo promulgo y ordeno la publicación de la siguiente «Norma Foral 6/2012, de 8 de octubre, por la que se aprueban medidas extraordinarias que garanticen la viabilidad presupuestaria y financiera del Ayuntamiento de Mutriku», a los efectos de que todos los ciudadanos y ciudadanas, particulares y autoridades a quienes sea de aplicación, la guarden y hagan guardarla.
San Sebastián, a 8 de octubre de 2012.
El Diputado General,
MARTIN GARITANO LARRAÑAGA.
La fuerte crisis que durante los últimos años está golpeando a todas las áreas de la economía ha puesto en graves dificultadas a todas las administraciones públicas y, entre ellas, también a los ayuntamientos. Los ingresos que los ayuntamientos de Gipuzkoa obtienen del Fondo Foral de Financiación Municipal se han reducido a valores de 2005, y los provenientes de las operaciones urbanísticas casi han desaparecido.
No obstante, la situación no es igual en todos los ayuntamientos, y hay algunos cuya situación presupuestaria es más difícil por contar con una menor capacidad para obtener ingresos ordinarios o por tener que hacer frente a mayores gastos derivados de compromisos ya adquiridos.
Teniendo en cuenta esa diversidad de situaciones, el Consejo de Diputados en reunión de fecha 21 de febrero de 2012, planteó tres posibilidades a fin de facilitar a los ayuntamientos la devolución que deben practicar por la liquidación del FFFM del 2011:
- Fraccionar la cantidad a devolver, abonando el saldo deudor en cuatro cuotas a ingresar los días 25 de febrero, 25 de mayo, 25 de agosto y 25 de noviembre de 2012.
- Negociar una línea de crédito con las entidades financieras, para que los ayuntamientos puedan financiar la mencionada devolución mediante préstamo.
- Facultar a la diputada foral de Hacienda y Finanzas para que adopte medidas especiales en relación con los ayuntamientos en situación excepcional.
En el caso del Ayuntamiento de Mutriku, de las opciones planteadas por el órgano de gobierno foral, se consideró que las dos primeras no eran suficientes para responder a las necesidades municipales, y que sería necesario adoptar las medidas especiales previstas en la tercera opción. La razón estriba en que la liquidación del presupuesto de 2011 ha arrojado un remanente de tesorería para gastos generales negativo de -206.068 euros, y para los ejercicios 2012 y 2013 se prevé que la necesidad de financiación sea de 450.000 y 250.000 euros respectivamente.
Por todo ello, el Ayuntamiento de Mutriku y la Diputación Foral, actuando conjuntamente, han acordado establecer un plan de viabilidad que abarca el período 2012-2022, plan que ya ha recibido la aprobación del Pleno de la Corporación con fecha 21 de junio de 2012. En dicho plan, por un lado se recogen las medidas que deberá adoptar el ayuntamiento para aumentar los ingresos presupuestarios y disminuir los gastos, y, por otro lado, se valora el efecto que esas medidas van a tener en las magnitudes presupuestarias del ayuntamiento.
El plan de viabilidad establece entre otras cuestiones que el ayuntamiento debe refinanciar la deuda viva que tiene con los bancos. No obstante, la forma más adecuada de refinanciación no consiste en sustituir los viejos préstamos por otros nuevos, sino en formalizar uno nuevo cuyo importe sea inferior a las cantidades a amortizar a lo largo del año.
La Norma Foral 7/2011, por la que se aprueban los presupuestos generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2012, establece en la disposición adicional octava que el volumen de deuda viva no podrá superar el 100 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en 2011. En lo que se refiere al Ayuntamiento de Mutriku, a fecha 31-12-2011, su deuda viva era del 118,8%. En consecuencia, corresponde a las Juntas Generales dar su aprobación a los préstamos previstos en el plan de viabilidad municipal.
(Véase el .PDF)
Los objetivos que deberán perseguirse de forma especial serán garantizar el resultado presupuestario reflejado en el plan y no superar el saldo de deuda viva.
En particular, en el caso de que se produzcan desviaciones que puedan poner en peligro la consecución de los objetivos indicados en el artículo 2, el ayuntamiento, en el plazo de 3 meses desde que aquellas se pongan de manifiesto, deberá adoptar las medidas correctoras oportunas. De no hacerlo así, la Diputación Foral suspenderá el abono de la cuota correspondiente al Fondo Foral de Financiación Municipal hasta que dicha situación se corrija.
Dicho informe se incorporará a la documentación a la que se refiere el artículo 6 de la Norma Foral 21/2003. Asimismo, antes de proceder a la aprobación de créditos adicionales y/o habilitaciones de crédito, la Diputación Foral deberá emitir un informe.
Del mismo modo, en el mes de abril, la Diputación Foral informará por escrito a las Juntas Generales del grado de cumplimiento que el plan de viabilidad ha tenido en el año anterior.
A esos efectos, los nuevos préstamos previstos en el plan de viabilidad deberán ser concertados de forma flexible, de manera que sea posible efectuar cancelaciones anticipadas.
Primera.- Se faculta al Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral para que autorice la formalización de los demás préstamos previstos en el plan de viabilidad. Asimismo, se faculta al Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta norma foral.
Segunda.- Las medidas establecidas en la presente norma foral serán de aplicación en tanto en cuanto la deuda viva del ayuntamiento supere el 60% de los ingresos corrientes.
Tercera.- La presente Norma Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.