ORDEN de 8 de marzo de 1996, del Consejero de Interior, por la que se establecen y regulan subvenciones a los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento para la adquisición y/o reposición de material técnico en tareas de Protección Civil.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyOrden

ORDEN de 8 de marzo de 1996, del Consejero de Interior, por la que se establecen y regulan subvenciones a los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento para la adquisición y/o reposición de material técnico en tareas de Protección Civil.

El Departamento de Interior viene en los últimos años fomentando, por medio de ayudas a los Ayuntamientos, la elaboración por los mismos de Planes de Emergencia municipales que racionalicen el esquema de actuaciones y medidas a adoptar en situaciones de riesgo y peligro. Asimismo como consecuencia de la aplicación de la Directriz Básica del Riesgo Químico en la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Dirección de Atención de Emergencias del Gobierno Vasco está elaborando los Planes de Emergencia Exterior a las empresas objeto de esta Directriz.

La implantación real de dichos planes requiere una adecuada dotación en cuanto a medios materiales para resolver las situaciones de riesgo o peligro que se infieren de los Planes de Emergencia mencionados.

Por todo lo dicho, y en virtud de las facultades que me confiere el ordenamiento jurídico vigente,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de la presente Orden regular la concesión de subvenciones a los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma durante el año 1996 para adquirir el material preciso para la implementación de los Planes de Emergencia Exterior de las empresas objeto de la Directriz Básica del Riesgo Químico y los Planes de Protección Civil elaborados por las administraciones del País Vasco.

Artículo 2 Descripción de las ayudas.

Las subvenciones a que se refiere el artículo anterior se podrán solicitar, conforme al orden de prioridades que prevé este artículo, por los siguientes conceptos:

  1. Adquisición o reposición de material de intervención directa o de protección en la intervención específicamente indicado para la lucha contra los riesgos contemplados en los Planes de Emergencia Exterior previstos en la Directriz Básica del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR