DECRETO 77/1990, de 8 de Abril, por el que se regula la concesión de subvenciones del Instituto Vasco de la Mujer/Emakumearen Euskal Erakundea, EMAKUNDE, durante el ejercicio de 1990, a las Entidades Forales y Locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Lehendakaritza |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 77/1990, de 8 de Abril, por el que se regula la concesión de subvenciones del Instituto Vasco de la Mujer/Emakumearen Euskal Erakundea, EMAKUNDE, durante el ejercicio de 1990, a las Entidades Forales y Locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La Ley 2/ 1988, de 5 de febrero, sobre creación del Instituto Vasco de la Mujer/Emakumearen Euskal Erakundea, establece entre las funciones a desarrollar por éste, la de impulsar las medidas de coordinación necesarias entre los programas de actuación a desarrollar por los diversos poderes públicos de la Comunidad
Autónoma que tengan incidencia en la situación de la mujer, así como colaborar con éstos para lograr las metas propuestas y proponer a los
Ayuntamientos actividades complementarias. Otra de las funciones del
Organismo es la de fomentar la prestación de servicios en favor de la mujer y en particular los dirigidos a aquéllas que tengan especial necesidad de ayuda.
A su vez las Entidades Forales y Locales ostentan competencias en materia de promoción de la mujer, en virtud de lo establecido en el
Estatuto de Autonomía del País Vasco, en la Ley 6/82, de 20 de mayo, sobre Servicios Sociales y en la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus Territorios Históricos, por lo que resulta preciso, para la consecución de dichos objetivos, la coordinación en la acciones a desarrollar por las Administraciones Públicas Vascas en aras a una mayor eficacia y racionalización de los recursos públicos.
En base a los criterios expuestos y en el ejercicio de la función de impulso y fomento que corresponde al Instituto Vasco de la
Mujer/Emakumearen Euskal Erakundea, se plantea la concesión de subvenciones por éste a las Entidades Forales y Locales de la
Comunidad Autónoma de Euskadi, garantizándose en la regulación de éstas los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad.
En su virtud, a propuesta de la Presidencia, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del dio 3 de abril de 1990,
DISPONGO: Artículo l.- El objeto del presente Decreto es la regulación de las subvenciones a conceder por el Instituto Vasco de la Mujer/Emakumearen Euskal...
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