DECRETO 310/1997, de 23 de diciembre, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la sociedad Mendikoi, S.A.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Industria, Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 310/1997, de 23 de diciembre, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la sociedad Mendikoi, S.A.

Habiendo adoptado el Consejo de Administración de la Sociedad Mendikoi, S.A., en su reunión de fecha 23 de septiembre de 1997 el acuerdo de proponer a la Junta General de Accionistas la ampliación del capital social en cuarenta y cinco millones (45.000.000) de pesetas.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su calidad de socio de la Sociedad Mendikoi, S.A. tiene el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, que, en su caso, acuerde emitir la Junta General de Accionistas de la citada Sociedad Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 158 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

El artículo 44.1 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que la creación de Sociedades de cualquier clase, así como la adquisición de participaciones en las mismas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, serán autorizadas por Decreto, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la empresa haya de depender administrativamente.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Industria, Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 23 de diciembre de 1997,

DISPONGO:

Artículo 1 ¿ Autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción de la ampliación del capital social que, en su caso, acuerde la Junta General de Accionistas de la Sociedad...

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