DECRETO 340/2003, de 29 de diciembre, por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Pública de Gestión Ambiental, IHOBE, S.A. y se modifican sus Estatutos Sociales.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 340/2003, de 29 de diciembre, por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Pública de Gestión Ambiental, IHOBE, S.A. y se modifican sus Estatutos Sociales.

En su reunión del día 29 de diciembre de 2003, la Junta General de la Sociedad Anónima Pública Unipersonal "¿Sociedad Pública de Gestión Ambiental, IHOBE, S.A.", acordó ampliar el capital, fijado en dieciséis millones ochocientos dos mil trescientos treinta y siete euros y treinta céntimos de euro (16.802.337,30 euros) totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en la suma de seiscientos cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y un euros y cincuenta céntimos de euro (649.981,50 euros) emitiéndose diez mil ochocientas quince (10.815) acciones de sesenta euros y diez céntimos de euro (60,10 euros) cada una de ellas, única serie, numeradas correlativamente del doscientos setenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro (279.574) al doscientos noventa mil trescientos ochenta y ocho (290.388), ambos inclusive, a la par, libres de todo gasto e impuesto de emisión, con una prima de emisión por cada nueva acción de seiscientos treinta y seis euros y quince céntimos de euro (636, 15 euros). Las acciones de nueva emisión participarán de iguales derechos y obligaciones que las anteriores.

La Ley 14 /1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi establece en su artículo 44 que la adquisición de participaciones de las Sociedades Públicas por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi deberá ser autorizada por Decreto del Gobierno, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento delque la Sociedad dependa administrativamente.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2003,

DISPONGO:

Artículo 1

¿ Autorizar la suscripción por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ejercicio de sus derechos de socio único, de diez mil ochocientas quince (10.815) acciones de sesenta euros y diez céntimos de euro (60,10 euros) cada...

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