DECRETO 360/2001, de 18 de diciembre, por el que autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la participación en la Mercantil 'Centro Internacional de Cultura Contemporánea, S.A.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Cultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 360/2001, de 18 de diciembre, por el que autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la participación en la Mercantil "Centro Internacional de Cultura Contemporánea, S.A.

El pasado 10 de mayo de 2001 tuvo lugar la firma de un Convenio de Colaboración, entre el Gobierno Vasco, la Diputación Foral de Gipuzkoa y el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, para la creación, impulso y desarrollo de un Centro Internacional de Cultura Contemporánea. Por virtud del citado Convenio, las Instituciones comparecientes se comprometieron a promover la constitución de una Entidad para instrumentar adecuadamente tal Proyecto a cuyo efecto procedía analizar cuál podía ser aquella fórmula más adecuada a los intereses públicos.

Acometida tal labor tras la firma del Convenio y habiéndose acordado que la fórmula más idónea sea la de una Sociedad Mercantil con forma anónima, se pone de manifiesto que la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de conformidad a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, requiere de autorización por Decreto del Gobierno, para la constitución y toma de participación.

En su virtud a propuesta conjunta de las Consejeras de Hacienda y Administración Pública y de Cultura, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2001,

DISPONGO:

Artículo 1

¿ Se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la constitución junto con la Diputación Foral de Gipuzkoa y el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, de una Sociedad Anónima, a denominar "Centro Internacional de Cultura Contemporánea, S.A.", cuyo objeto principal será la creación e impulso de un Centro Internacional de Cultura Contemporánea en Donostia-San Sebastián.

Artículo 2 ¿ 1.¿ El capital social fundacional será de sesenta mil trescientos (60.300) Euros,...

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