DECRETO 504/1991, de 24 septiembre, por el que se establecen normas de funcionamiento del Parque Móvil de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyDecreto

DECRETO 504/1991, de 24 septiembre, por el que se establecen normas de funcionamiento del Parque Móvil de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Decreto 15/1991, de 6 de febrero, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País

Vasco atribuye el Parque Móvil como área de actuación al Departamento de

Interior, en cuya estructura orgánica, aprobada por Decreto 372/1991, de 18 de junio, se crea la Dirección del Parqué Móvil dependiente de la

Viceconsejería de Administración y Régimen Jurídico. La Ley 14/1983, de 27 de julio, del Patrimonio de Euskadi, prevé en el apartado II de su artículo 10 que el conjunto de derechos que la Comunidad Autónoma tenga atribuídos, en virtud de cualquier título, sobre vehículos automóviles que integren el

Parque Móvil de Euskadi, será ejercitado segun sus normas propias. En su virtud, a propuesta del Consejero de Interior, previa aprobación del

Lehendakari y deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión de 24 de septiembre de 1991...

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