DECRETO 328/2010, de 30 de noviembre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVivienda, Obras Públicas y Transportes
Rango de LeyDecreto

El Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, contempla una Viceconsejería de Transportes y Obras Públicas con tres direcciones, la Dirección de Transportes, la Dirección de Infraestructura del Transporte y la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos.

La Dirección de Transportes tiene atribuido, entre otras funciones, el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de transporte aéreo, según señala el artículo 14.1.j).

Por su parte la Dirección de Infraestructura del Transporte tiene encomendada la iniciativa de elaboración y modificación de los planes e instrumentos de ordenación urbanística precisos para las actuaciones en materia de infraestructura del transporte terrestre y aéreo, artículo 15.1.d); la iniciativa de elaboración y aprobación de proyectos de infraestructura del transporte terrestre y aéreo, artículo 15.1.e); la dirección, inspección, y el control de la ejecución de infraestructura del transporte terrestre y aéreo, artículo 15.1.f); la expropiación de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las actuaciones en materia de infraestructura terrestre y aérea, artículo 15.1.h); la promoción de la investigación y el desarrollo tecnológico en materia de infraestructura del transporte terrestre y aéreo, artículo 15.1.j); la elaboración de los expedientes de los proyectos normativos referentes al Plan General de Carreteras del País Vasco, y de los Planes Sectoriales, así como la elaboración de los Avances y los proyectos de los citados Planes Sectoriales de Infraestructuras del transporte terrestre y aéreo, artículo 15.1.l); el seguimiento del Plan General de Carreteras del País Vasco, y de los Planes Sectoriales del Infraestructura del transporte terrestre y aéreo, artículo 15.1.o); la propuesta y preparación de los instrumentos de cooperación y de coordinación económica, técnica y administrativa de la Comunidad Autónoma del País Vasco con las demás administraciones territoriales en materia de carreteras, ferrocarriles y aeropuertos, artículo 15.1.r).

El artículo 16 del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, regula las funciones de la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos.

Las funciones que tienen alguna relación con aeropuertos y helipuertos dentro del Decreto de Estructura están actualmente, por tanto, repartidas entre las Direcciones de Transportes y de Infraestructura del Transporte. Se procede, en consecuencia, a dotar al Decreto de una mejor sistemática, agrupándolas en una única Dirección, de manera que se eviten las dispersiones competenciales entre Direcciones, reuniendo todas las relacionadas con aeropuertos y helipuertos en una misma Dirección, la actual...

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