DECRETO 307/1995, de 20 de junio, por el que se modifica el Decreto sobre normas específicas para aplicación de las transferencias de cantidades de referencia en el sector de la leche de vaca y de los productos lácteos.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorIndustria, Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 307/1995, de 20 de junio, por el que se modifica el Decreto sobre normas específicas para aplicación de las transferencias de cantidades de referencia en el sector de la leche de vaca y de los productos lácteos.

Con el fin de adaptar el régimen general en materia de transferencias de cantidades de referencia en el sector de la leche de vaca y de los productos lácteos a las características del sector lácteo de la Comunidad Autónoma del País Vasco y a la normativa de ayudas al sector agrario y a las explotaciones agrarias de la misma, con arreglo a lo establecido en los artículos 7 y 8 del

Reglamento (UE) n.º 3950/1992, de 28 de diciembre, por el que se establece la tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos, se dictó el Decreto 473/1994, de 13 de diciembre. Teniendo en cuenta la necesidad de modificar el sistema de autorizaciones previas establecido en dichas normas, se considera conveniente proceder a una nueva regulación de esta materia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria,

Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 20 de junio de 1995,

DISPONGO:

Artículo 1

A fin de mejorar la estructura de producción de leche, se permitirán transferencias desvinculadas de la explotación, cuando el cesionario sea titular de una explotación que produzca o vaya a producir leche de vaca y que esté ubicada en la zona de agricultura de montaña o desfavorecida, o en la zona de recogida con problemas específicos, del cedente, delimitadas en el Decreto 394/1985, de 30 de diciembre.

Artículo 2 Dentro del ámbito territorial de la

Comunidad Autónoma del País Vasco, previa petición del productor, las Diputaciones Forales podrán autorizar la transmisión de cantidades de referencia desvinculadasde la explotación, con el fin de mejorar la estructura de la producción lechera en la explotación o de contribuir a hacer extensiva la producción de leche, en alguno de los siguientes casos: - Problemas de...

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