DECRETO 147/1996, de 11 de junio, por el que se garantiza el mantenimiento de los servicios minimos dentro del servicio esencial que presta la empresa Sutegui, S.L., en el Hospital de Santiago Apostol de Vitoria-Gasteiz.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia, Economia, Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 147/1996, de 11 de junio, por el que se garantiza el mantenimiento de los servicios minimos dentro del servicio esencial que presta la empresa Sutegui, S.L., en el Hospital de Santiago Apostol de Vitoria-Gasteiz.

El Comité de Empresa del centro de trabajo que la empresa Sutegui, S.L., tiene en el Hospital de Santiago Apóstol de Vitoria-Gasteiz ha convocado huelga para los días 4 al 13 de junio de 1996, ambos incluidos, que afecta a la totalidad de los trabajadores de dicha Empresa que prestan sus servicios en el Hospital de Santiago Apóstol, contra las medidas disciplinarias que está tomando la Dirección de la Empresa contra las trabajadoras.

El artículo 28.2 de la Constitución Española, reconoce el derecho de huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses, como uno de los derechos fundamentales y libertades públicas sobre los que se constituye nuestro Estado Social y Democrático de Derecho. La Constitución otorga al derecho de huelga idéntica protección que la dispensada en el artículo 43 a la protección de la salud. Sin embargo, los intereses de los trabajadores en huelga deberán ceder cuando su mantenimiento pudiera ocasionar a la Comunidad mal más grave que el que se experimentaría si las...

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